Vinicius, en el partido ante el Real Valladolid.

Vinicius, en el partido ante el Real Valladolid. REUTERS

Valladolid

Los aficionados del Pucela que llamaron "puto mono" a Vinicius pactan penas: el brasileño perdona las indemnizaciones

Las multas van entre los 1.080 y los 1.620 euros para los cinco acusados.

Más información:Vinicius declarará este jueves ante el juez por los presuntos insultos racistas en Valladolid

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Los cinco acusados de insultar a Vinicius Junior, jugador del Real Madrid, durante el encuentro que los blancos jugaron el pasado 30 de diciembre de 2022 en el estadio José Zorrilla han pactado penas de un año de prisión y multas que van de los 1.080 a los 1.620 euros, como ha podido saber EL ESPAÑOL de Castilla y León a través de un escrito de la Fiscalía.

Una conformidad que se va a hacer oficial en la vista que va a tener lugar el 21 de mayo en la Audiencia de Valladolid, desde las 9.30 horas, donde el magistrado anticipará el fallo ‘in voce’ tras el acuerdo entre las defensas de los acusados, el representante del jugador brasileño y la Fiscalía.

El escrito de la fiscal jefe de Valladolid, Soledad Martín Nájera apunta que con fecha 30 de diciembre de 2022 y durante el encuentro entre el Real Valladolid y el Real Madrid de la jornada 15ª de la Liga Santander, sobre el minuto 88 del choque y cuando el brasileño fue sustituido, al dirigirse al banquillo, los investigados le dirigieron varias expresiones.

Por ejemplo, A.P.D. le espetó un: “Hijo de puta, puto mono, hijo de puta, tu puta madre, hijo de puta, me cago en tu puta madre, hijo de puta”.

Mientras que M.S.F. “se levanta y comienza a aludir de manera gestual el comportamiento de un primate de manera despectiva. Puto mono, puto, mono, puto mono” para “bajarse y sacar el dedo corazón haciendo una peineta” y diciendo “toma esto hijo de puta”, señala la fiscal.

L.M.T.M. según lo que reza el escrito de acusación “hace una peineta con ambas manos cubriendo la visibilidad de la cara” para llamar al brasileño también “puto mono”.

M.A.T.G. “hace una peineta con ambas manos cubriendo la visibilidad de la cara” y llamando “negro cabrón, negro mono, eres mono”, añade la Fiscalía.

Por último D.A.D. le dijo a Vinicius “vamos negrito, hijo de puta, mono maricón, chupa pollas, chúpame esta (haciendo una peineta)” para acabar con un “maricón, puto marica”.

La fiscal jefe de Valladolid asegura que estos son “insultos proferidos con la indudable intención de humillar y lesionar la dignidad del jugador por evidentes motivos racistas” que “resultaron documentadas por varias grabaciones efectuadas por aficionados que presenciaban el partido”

Expresiones que “tuvieron gran repercusión pública a nivel nacional e internacional” y que han dado lugar a la apertura frente a los acusados de expedientes administrativos de sanción “actualmente suspendidos por la Comisión Estatal Contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte”.

El escrito de la Fiscalía señala que Vinicius “ha renunciado a ser indemnizado por el agravio sufrido ante estos hechos” mientras que los acusados “han presentado escrito reconociendo los hechos, el componente racista de sus expresiones y disculpándose por los mismos”.

Se añade que han asumido “por acuerdo con las acusaciones, no acudir a partidos de fútbol celebrados en los estadios públicos durante el periodo de suspensión de la condena”.

Penas

La Fiscalía apunta que los hechos son legalmente constitutivos de cinco delitos de odio y contra la discriminación y anuncia las penas impuestas.

Para A.P.D. por el delito de odio, pena de un año de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 9 meses a razón de 6 euros al día. También inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior en 3 años a la duración de la pena de privación de libertad. En total, con la conformidad alcanzada, cuatro años.

Para M.S.F. otro año de pena de prisión con multa de nueve meses a razón de seis euros día con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada cuota impagada. También inhabilitación especial para profesión u oficio educativos en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre por un tiempo superior a tres años al de la duración de la pena de privación de libertad, en total cuatro años.

Para L.M.T.M. la misma pena de un año de prisión con una multa de nueve meses a razón de seis euros día con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada cuota impagada. E inhabilitación para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior en tres años al de la duración de la pena de privación de libertad, es decir cuatro años.

M.A.T.G. un año de pena de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena de una multa de nueve meses a razón de seis euros al día. También esa inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior en 3 años al de la duración de la pena, es decir cuatro años.

Para D.A.D. por el delito de odio, un año de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, multa de nueve meses a razón de cuatro euros al día con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada cuota impagada. También la inhabilitación para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre por tres años más que el de la pena de prisión, es decir cuatro.

Vinicius renuncia a la indemnización y se comunicará la sentencia que se dicte a la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, a los efectos de los expedientes administrativos incoados.