Salamanca AYUNTAMIENTO

Los patinetes eléctricos no podrán circular por las aceras y las calles peatonales

El pleno del Ayuntamiento de Salamanca aprueba la nueva ordenanza pese a los recelos de la oposición

8 octubre, 2021 12:28

Los recelos de la oposición, tanto del concejal socialista Chema Collados como de la edil de Podemos, Carmen Díez, no impidieron que la nueva ordenanza para la regulación del uso y la circulación de los vehiculos de movilidad personal, entre los que figuran los patinentes eléctricos, haya sido aprobada esta mañana, con carácter definitivo, por el pleno del Ayuntamiento de Salamanca, que celebró su reunión mensual en el Palacio de Congresos. PP y Ciudadanos no tuvieron ninguna dificultad para sacar adelante el texto, dado que disfrutan de mayoría absoluta en la corporación local.

Este documento, según ha destacado el grupo de gobierno, es "fruto del consenso" con representantes de los municipios del alfoz con los que Salamanca está conectada a través del carril bici, con el objetivo de armonizar la regulación y aportar la máxima seguridad vial y jurídica a sus usuarios, así como garantizar la compatibilidad de su uso con el tránsito de los peatones. "También se trata de un texto sencillo y lo suficientemente flexible para acoger cualquier disposición establecida en normativa de rango superior, como puede ser la próxima Ley de Tráfico", tal como quedó patente en la intervención del concejal de Tráfico y Seguridad Ciudadana, Fernando Carabias, que realizó una encendida defensa de sus contenidos.

A la hora de elaborarse el texto común se han tenido en cuenta las recomendaciones y acuerdos de la Federación Española de Municipios y Provincias y toda la normativa vigente en materia de Tráfico, Circulación de vehículos de motor y Seguridad Vial, sin entrar a regular aspectos que no han sido contemplados por la Dirección General de Tráfico (DGT).  En este sentido, en la ordenanza municipal quedará establecido que cuando existan vías ciclistas y sendas ciclables, los conductores de estos vehículos estarán obligados a circular por ellas y no podrán hacerlo por la calzada del tráfico rodado.

Si se trata de carriles bici, la velocidad máxima permitida a la que podrán circular será de 20 km/h. Mientras que esta velocidad se reducirá a la mitad, es decir, a 10 km/h, en el caso de que se trate de aceras-bici, pistas bici, y sendas ciclables.  Cuando no existan estas vías ciclables, los conductores deberán circular por la vía urbana reservada al tráfico rodado a una velocidad máxima de 25 Km/h y no podrán hacerlo en ningún caso por travesías, vías interurbanas, autopistas, autovías y túneles urbanos.

Tampoco podrán circular por las aceras, las zonas peatonales y las calles peatonales. En este caso los conductores deberán bajarse del vehículo y transitar por ellas como peatones.

A la hora de estacionar, los conductores de estos vehículos podrán utilizar los espacios destinados al aparcamiento de bicicletas, quedando prohibido amarrarlos al arbolado, farolas, semáforos, señales verticales y otros elementos del mobiliario urbano, así como en las fachadas de los edificios, según se recoge en el texto de la nueva ordenanza.