Las ex monjas clarisas de Belorado el día que acudieron a declarar al juzgado de Briviesca Ical
Dan carpetazo a la denuncia del abogado de las exclarisas de Belorado por el intento de traslado de las monjas mayores
El TSJCyL entiende que no hay razones para abrir un procedimiento penal contra las medidas cautelares que el denunciante entendía que estaban "plagadas de irregularidades presuntamente delictivas".
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha dado carpetazo a la denuncia presentada por el abogado de las monjas cismáticas de Belorado (Burgos), Enrique García de Viedma, contra las medidas cautelares para trasladar a las cinco hermanas mayores y cuya tramitación argumentaba que estaba "plagada de irregularidades presuntamente delictivas".
Todo se remonta al pasado 1 de agosto, cuando las exclarisas evitaron la entrada de la comisión judicial en el monasterio de Orduña, donde permanecen tras el juicio por la demanda de desahucio de las exreligiosas, para trasladar a las hermanas mayores a otro convento de la Federación de las Clarisas, lejos de la tutela de las monjas cismáticas.
García de Viedma, que dice representar a cuatro de las hermanas mayores y actuar en favor de los intereses de la quinta, abogado de las exreligiosas y hermano de la exabadesa, Laura García de Viedma, aseguraba en su demanda que los hechos ocurridos en el citado día podían ser "constitutivos de delitos de falsedad de documento público, impedimento del ejercicio de derechos constitucionales e intento de detención ilegal".
Sin embargo, en su escrito no se precisaba la persona o autoridad contra la que se dirigía su demanda, según apunta el auto del TSJCyL al que ha tenido acceso este martes EL ESPAÑOL - Noticias de Castilla y León. Ahora bien, los magistrados entienden que se dirige contra el juez del Tribunal de Instancia de Briviesca e igualmente a otra persona que sería también aforada, el representante del Ministerio Fiscal que solicitó las medidas cautelar, así como a otras personas que no lo son.
Asimismo, el auto judicial aclara que la denuncia "parece expresar" la disconformidad de las personas representadas por el abogado denunciante "con las citadas resoluciones judiciales", por lo que esto ha de "canalizarse a través de los recursos legalmente previstos en procedimientos de índole civil, como el que es referido en la propia denuncia, sin que ello suponga, por sí solo, la comisión de los hechos delictivos que se relatan".
Bajo estos argumentos, consideran que no cabe lugar a abrir un procedimiento penal por los hechos relatados en la denuncia y la Sala ha fallado archivar "sin más trámites" la misma, aunque contra el mismo cabe un recurso de súplica en el plazo de tres días.