Imagen de archivo de una profesora

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Ávila

Una sentencia reconoce a una docente de Ávila el derecho de una excedencia fraccionada para el cuidado de su hijo

La presidenta de Educación de CSIF Casilla y León considera que esta resolución es "importante" dado que es "el primer caso" de la Comunidad

15 noviembre, 2022 12:27

El Juzgado del Contencioso Administrativo número 2 de Valladolid ha reconocido el derecho de una profesora de Ávila al disfrute de forma fraccionada de la excedencia para el cuidado de sus hijos. De esta forma, se ha reconocido en un fallo del pasado 25 de octubre, estimando un recurso contencioso-administrativo que había sido interpuesto por la afectada, que fue el pasado 13 de mayo de 2022, contra una resolución que venía de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación del pasado 15 de febrero de 2022.

La Dirección General de Recursos Humanos había rechazado un recurso de reposición que se había presentado el 5 de octubre de 2021 y que iba en contra de una resolución del 9 de agosto de 2021, en ella se desestimaba la solicitud del disfrute fraccionado de la excedencia por el cuidado de un hijo menor a tres años. Esta docente solicitaba, según ha hecho saber, un segundo periodo de excedencia desde el primer día de septiembre de 2021.

La presidenta del sector de Educación de CSIF Casilla y León, Isabel Madruga, ha celebrado este fallo que considera "muy importante" puesto que es el "primero en Castilla y León" por la "trascendencia y calado" del derecho que se reconoce a los docentes. Madruga afirma que, a partir de ahora, otras madres y padres docentes "podrán acogerse a él para conciliar la vida familiar y laboral" que creen "debe ser un objetivo de la administración". 

En este sentido, CSIF lamenta que la Junta "haya obstaculizado la petición". El juez ha determinado como punto de partida la "protección de la familia", además del "mandato constitucional inequívoco".

Finalmente, han aseverado que "no se comprende que un empleado público tenga ese derecho" y que "no hay justificación objetiva a semejante trato desigual".