Oficinas de la Junta de Castilla y León.

Oficinas de la Junta de Castilla y León. Archivo.

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La Junta fija el calendario de días inhábiles de 2027 para los plazos administrativos en Castilla y León

La orden publicada en el BOCYL por la Consejería de Desregulación confirma que los sábados, domingos y trece festivos laborales no computarán para la entrega de documentos y recursos ante la administración.

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Presentar una solicitud a tiempo, recurrir una sanción o entregar un trámite en la administración autonómica requerirá tener muy a mano el nuevo calendario oficial.

El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) ya ha hecho pública la Orden de la Consejería de Desregulación, Familia y Ayudas Sociales que fija los días inhábiles para todo 2027.

Una hoja de ruta imprescindible tanto para el ciudadano de a pie como para las empresas de la Comunidad, ya que marca con precisión qué fechas del año quedan congeladas y no restan días en el reloj de los plazos legales.

A la hora de echar cuentas con la burocracia, la norma mantiene el criterio habitual: ni los sábados ni los domingos de todo el año contarán a efectos de plazos.

A este descanso de fin de semana se suma el mapa de festivos laborales, que arrancará con el respiro de Año Nuevo —1 de enero— y la fiesta de la Epifanía del Señor o día de Reyes —6 de enero—.

Durante la primavera, la cuenta atrás de los expedientes se detendrá en Semana Santa con el Jueves y Viernes Santo —25 y 26 de marzo—, a los que se añadirán el gran festivo autonómico del 23 de abril —Día de Castilla y León— y el 1 de mayo, día del trabajador.

El calendario da un cierto margen en la segunda mitad del año. La Asunción de la Virgen, el 15 de agosto, caerá en domingo y la pausa administrativa se trasladará al lunes 16.

La recta final del ejercicio vendrá jalonada por los festivos habituales del otoño e invierno: el 12 de octubre — día de la Fiesta Nacional—, el 1 de noviembre —día de Todos los Santos—, el puente de diciembre con la Constitución y la fiesta de la Inmaculada Concepción de la Virgen María —6 y 8 de diciembre— y el día de Navidad —25 de diciembre—.

A todo este esquema de ámbito autonómico habrá que sumar, como de costumbre, el mapa del papeleo a nivel municipal: los días de fiesta local propios de cada Ayuntamiento tampoco computarán para quienes residan en ellos, una vez publicados en los boletines de cada provincia.