Estación de Navacerrada

Estación de Navacerrada

Región

El TSJCyL obliga a la Junta a cesar la concesión de la estación de esquí de Navacerrada

La Administración regional estudiará si cabe algún recurso, pero asegura que "vamos a defender los intereses de Castilla y León"

1 febrero, 2024 12:40

La Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha estimado parcialmente el recurso de la Abogacía del Estado, en representación del Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN), condenando a la Junta a declarar la caducidad del título concesional de la estación de esquí de Navacerrada, Segovia, así como a resolver sobre la liquidación del estado posesorio, la retirada de las instalaciones, la restauración de la realidad física alterada y la liquidación de la indemnización. 

El Tribunal ha estimado que el acuerdo del 14 de octubre de 2021 "es contrario a derecho". A través de este, la Junta declaraba su incompetencia para resolver la solicitud de la mercantil concesionaria para que se interrumpiera el cómputo del plazo de la ocupación de 7,6556 hectáreas en el Pinar de Valsaín, en el que está ubicada la estación de esquí alpino del puerto de Navacerrada. Y también para declarar la caducidad de la concesión y para dictar los actos liquidatorios de ésta.

Según ha dado a conocer el TSJCyL, los magistrados consideran que, conforme a la Ley de Montes, y en contra de lo sostenido por la Junta, la administración autonómica es la competente para declarar la caducidad de la ocupación. Por este motivo, debe "pronunciarse, a propósito de la referida declaración de caducidad, sobre la solicitud efectuada por la mercantil concesionaria en relación con la interrupción temporal del cómputo del plazo de duración (o prórroga), como consecuencia de los efectos derivados de la pandemia COVID-19".

En este sentido, la sentencia explica que "debe ser la misma Administración autonómica la competente para pronunciarse sobre la solicitud de interrupción" por las siguientes consideraciones:

"Si la Administración autonómica ha asumido las competencias en relación con la gestión de la concesión, y con incidencia sobre el título constitutivo (autorización de la revisión/actualización del canon), no vemos razón por la que no deba ser la misma Administración quien resuelva también la incidencia que, en relación con la declaración de caducidad, pueda haber tenido la pandemia Covid-19". 

Asimismo, establecen que tampoco puede obviarse que, "si la Administración autonómica es la competente para declarar la caducidad de la concesión, como ya hemos resuelto, parece razonable concluir que debe ser la misma Administración quien resuelva sobre la referida solicitud".

De este modo, el TSJ concluye que el marco normativo vigente "es claro al atribuir a la Comunidad Autónoma la gestión del monte catalogado" y que por ello, "lo que realmente se está discutiendo es qué Administración debe asumir la competencia para gestionar los efectos derivados de la extinción (por caducidad) de la concesión, con las consiguientes obligaciones en materia de liquidación del estado posesorio y en materia de retirada de las instalaciones y de restauración de la realidad física alterada. Y en este punto entendemos que la respuesta es la Comunidad Autónoma", concluyen. 

"Vamos a defender los intereses de Castilla y León"

El cosejero de Economía y Hacienda, y portavoz, Carlos Fernández Carriedo, ha sido uno de los primeros en pronunciarse sobre la sentencia. 

Lo ha hecho en la rueda de prensa que ha tenido lugar tras la finalización del Consejo de Gobierno celebrado este jueves. De este modo, aunque el consejero ha reconocido que, por el momento, "no hemos tenido tiempo de analizar los detalles de la sentencia", sí ha asegurado que "si hay margen para los recursos, los vamos a presentar". 

Sin embargo, ha dejado claro que, pase lo que pase, la Junta siempre va a "defender los interes de Segovia y Castilla y León".