Foto Audiencia Provincial

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Región

Condenado por abusar de una menor de 13 años

22 febrero, 2017 17:02

La Audiencia Provincial de León ha condenado  a un hombre de 78 años a una pena de dos años de cárcel por un delito sexual contra una menor de 13 años, según un comunicado de ADAVAS. La sentencia de la Audiencia Provincial considera como hechos probados que el 14 de mayo de 2010 en una localidad de la provincia de León, la menor de 13 años subió a casa de unos vecinos como hacía frecuentemente, dada la relación de amistad, confianza y familiaridad que había entre ambas familias. Allí encontró al ya condenado, a quien propuso jugar a las cartas.

Este entonces sugirió ir a buscarlas a la buhardilla ya que era dónde estaban. Entonces “le dijo a la víctima (…) que probase la cama, y al no hacerlo, que entró en una situación de inquietud al no ver sentido a tal propuesta, aquél, de forma sorpresiva, procedió a agarrarla por los brazos, la echó sobre la cama y se puso encima de ella sujetándola por los brazos, intentando resistirse a ello, pero no logrando quitarle de encima. Y después de conseguir sujetar a la menor con una sola mano” la agredió sexualmente. “Logrando la menor, finalmente, liberarse de la presión y fuerza de Don Amílcar, para bajar rápidamente de la buhardilla a la vivienda de Don Amílcar, coger las llaves de casa que había dejado allí y regresar a su casa” tal y como relata la sentencia.

La víctima decidió no contar lo sucedido “por miedo a la reacción de sus padres y las consecuencias a derivarse entre ambas familias, dada la amistad y tan buena relación que venían teniendo desde hacía muchos años”, hasta que unas semanas después  (…)preocupada y temerosa porque no la había bajado la regla después de los hechos o que podía haberle trasmitido aquél una enfermedad, le cuenta a su hermano lo ocurrido” para después “contárselo al padre y, finalmente, a la madre al llegar de trabajar por la noche. Procediendo la madre a realizar la denuncia al día siguiente”.

La audiencia considera el informe de la psicóloga de ADAVAS, junto con el testimonio de la menor, y el de su madre, clave para establecer la verosimilitud del testimonio de la menor. El informe “viene a poner de manifiesto la situación y el estado emocional, de angustia y depresión de la menor” y con ello la fiabilidad de su relato.

En la sentencia de la Audiencia se establece como probada “la utilización de violencia o intimidación en el ataque contra la libertad o indemnidad sexual, así como una ausencia de consentimiento por parte del sujeto pasivo. Consistente, en el presente caso, en el empleo (…) de un comportamiento violento o vis física. Al proceder a agarrar a la menor por los brazos, lograr echarla sobre la cama y ponerse encima de ella, sujetándola por los brazos” y llevando a cabo una agresión sexual, “logrando así, de forma eficaz y suficiente, vencer la voluntad contraria de la menor, pese intentar resistirse y oponerse”.

Considera la Audiencia además que la víctima es especialmente vulnerable “en atención al plus no ya solo de sus apenas 13 años de edad, sino, muy en particular, a la especial y muy elevada y relevante relación de vecindad, amistad, confianza y familiaridad que venía a mantenerla menor y su familia” con el agresor y su esposa “hasta el punto de considerar y equipararse los mismos, a que venían a cumplir una función similar a la de abuelos para con la menor. Lo cual aprovechó” el agresor “para que la menor le acompañase confiada a la buhardilla, para quedar ambos solos, sin posibilidad de ayuda a la menor de terceros, y propiciar, en definitiva, su agresión sexual, su impunidad y vencer fácilmente la resistencia que a ello pudiera oponer la menor, como aconteció”

La sentencia establece como atenuantes las dilaciones indebidas que ha sufrido la causa y las circunstancias de edad y personales del acusado, con ausencia de antecedentes penales por hechos similares o por cualquier otro delito.

La Audiencia Provincial de León condena por estos hechos como autor criminalmente responsable de un delito apreciado de agresión sexual sobre víctima especialmente vulnerable a dos años de prisión, y a la prohibición de acercarse a la víctima por cualquier medio por un tiempo de 3 años. Esta sentencia es firme.