La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Europa Press

Economía

El Tribunal Supremo cambia las normas laborales: si cae un día festivo en sábado en 2026, las empresas deben compensarlo

El nuevo criterio debe aplicarse tras las últimas sentencias. Este año, en Castilla y León se dará esta circunstancia el próximo 15 de agosto.

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Ya no se perderán más días festivos si caen en sábado a partir de este 2026. Así lo establece el nuevo criterio laboral a raíz de unas sentencias del Tribunal Supremo, que obliga a las empresas a compensar esos días a sus trabajadores.

La propuesta sale adelante como consecuencia de las sentencias 997/2024 y 372/2025, además de diferentes resoluciones de enero y febrero de este año. La implantación de estas medidas es un cambio radical al actual 'modus operandi' de las empresas. Este año, en Castilla y León habrá un festivo que caerá en sábado y, por ende, las empresas deberán compensarlo.

De esta manera, el Alto Tribunal ha determinado que, con carácter general, cuando el descanso semanal de un trabajador coincida con un festivo, la empresa tiene la obligación de compensar dicha fecha.

En sus fundamentos se refiere al derecho de los trabajadores a disponer de 14 días festivos anuales que estén legalmente establecidos con independencia del derecho de descanso semanal.

Esta doctrina, además, está complementada igualmente con el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, que marca el "carácter retribuido y no recuperable" de las fiestas laborales. Se diferencia, asimismo, de los descansos semanales ordinarios, lo que implica que no puedan solaparse sin que el empleado o empleada reciba compensación.

Respecto a esta última, las empresas han de conceder otro día de descanso a sus trabajadores en tal caso. La medida afecta tanto a los trabajadores que tengan horarios de lunes a viernes como a los que dispongan de turnos rotativos de lunes a domingo, asegurando que ningún festivo se pierda por coincidir con el descanso semanal.

La sentencia, en cualquier caso, afecta a todo tipo de festivos que coincidan con el descanso, independientemente de que sean fiestas locales, autonómicas o nacionales.

El Tribunal Supremo ha advertido, por otro lado, que las compañías que no ofrezcan como alternativa el día libre o la compensación económica podrán ser consideradas infractoras, pudiendo la Inspección de Trabajo sancionarlas con multas de hasta 7.500 euros.

Por otro lado, también se llama a que las empresas revisen sus calendarios laborales, turnos y políticas de recursos humanos para que estas no dependan del azar del calendario y todo acabe en menos días de descanso para los trabajadores que libren los fines de semana o días fijos.

Para el Alto Tribunal, la situación incluso creaba desigualdad estructural entre los distintos trabajadores, pues quienes libraban durante los días festivos pierden ese derecho frente a otros con un calendario diferente.

El impacto será importante para este año, ya que en 2026 habrá al menos un festivo, de carácter nacional, que cae en sábado. Es el caso del 15 de agosto, Día de la Asunción de la Virgen.

La sentencia, eso sí, ha creado opiniones divididas. Mientras sindicatos como CC.OO. y UGT celebran la medida como un freno a la precarización y un impulso para turnos más flexibles en los trabajadores, la CEOE avisa de los sobrecostes que podría implicar, llegando a extenderse entre 2 y 3 días extra por cada empleado.