Uno de los más claros exponentes de cómo el mal llamado vocabulario inclusivo induce a confusión, a la vez que empobrece la ya bastante maltratada lengua española, lo encontramos en la locución "persona trabajadora".
En español, la palabra "trabajador" puede usarse como adjetivo o como sustantivo. En el primer caso, significa "muy aplicado al trabajo", de modo que, al calificar a una persona de "trabajadora", estamos indicando que posee dicha cualidad; y este es el único significado correcto de la locución "persona trabajadora": persona muy aplicada al trabajo. Da igual que se trate de un empleado, un millonario, un estudiante o un jubilado: la situación laboral es por completo indiferente.
Como sustantivo, en cambio, "trabajador" significa "persona que tiene un trabajo retribuido"; y en este caso lo indiferente es su laboriosidad: nuestro trabajador puede ser un perfecto holgazán.
De modo que "un trabajador" y "una persona trabajadora" son dos conceptos muy distintos, pues mientras uno designa a alguien perteneciente a determinado sector de la sociedad, el otro señala cierta cualidad de un individuo cualquiera. Por supuesto, cabe que Fulano tenga un trabajo retribuido y sea, además, muy inclinado a trabajar, en cuyo caso sería gramaticalmente impecable decir de él que es "un trabajador trabajador".
Lo que resulta, en cambio, del todo incorrecto es utilizar "persona trabajadora" como sintagma en substitución del sustantivo "trabajador". Por un lado, porque introduce una ambigüedad semántica: pensemos, por ejemplo, en la frase: "Hablo para las personas trabajadoras". ¿Estaría hablando para los muy aplicados, o para los asalariados? Por otro lado, porque el segundo vocablo de dicho sintagma ya incluye al primero, de modo que éste resulta tautológico: "persona persona que tiene un trabajo retribuido". Suena un poco estúpido, ¿no?
A este tipo de aberraciones -entre otras muchas- nos lleva el vocabulario inclusivo, pues la reciente proliferación, en toda clase de textos y discursos, de la palabra "persona" antepuesta a sustantivos no es en absoluto inocente ni simple fruto de la ignorancia, sino que constituye una astuta táctica -una más- de la doctrina dizque feminista: al tiempo que evita el uso intachable, pero condenado por dicha doctrina, del masculino para designar a ambos géneros ("los trabajadores"), elude también la consabida fórmula doble ("los trabajadores y las trabajadoras") que, amén de engorrosa y malsonante, pone en guardia al oyente crítico y hastía incluso a los propios ideólogos de la perspectiva de género. De hecho, dicha táctica es tan subliminal que pasa por completo desapercibida a la inmensa mayoría de la población. El mal, que nunca descansa, ha sublimado aquí la perfección.
Hace poco, consultando una ley, me encontré con una discreta solución que el legislador había adoptado para elaborar el texto de manera elegante y legible y, al mismo tiempo, protegerlo contra previsibles acusaciones de discriminación. Consiste en añadir, al final del todo, la siguiente Disposición: "En la redacción de esta Ley, el uso del masculino se entiende referido a ambos géneros por igual". Elegante, sí, y preferible a cualquier otra fórmula; pero, en cierto modo, también redundante, pues vale tanto como decir: "En la redacción de esta Ley se ha respetado la gramática española"; ¿y no es triste que nuestra alienada sociedad haya tenido que dar tan largo y absurdo viaje para acabar consignando semejante perogrullada?