Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo.

Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo. Imagen de archivo

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Ya ha entrado en vigor: "El trabajador tiene derecho a 2 gratificaciones extraordinarias al año"

Una de ellas deberá abonarse para Navidad y la otra vendrá fijada por convenio colectivo o acuerdo con la empresa.

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Cobrar una paga extra es uno de los momentos más esperados del año por la gran mayoría de trabajadores.

Ya sea para afrontar las vacaciones, hacer frente a gastos imprevistos o preparar las compras navideñas, ese ingreso adicional puede marcar la diferencia entre llegar a fin de mes o hacerlo 'con el agua al cuello', como se suele decir.

Sin embargo, no todos los empleados la reciben de la misma manera.

Mientras unos cobran dos pagas extraordinarias diferenciadas, otros las tienen repartidas mes a mes en su nómina, e incluso hay quienes cobran más de dos extras al año, una práctica habitual en el sector bancario, por ejemplo.

La legislación laboral deja claro que este derecho corresponde a todos los trabajadores, aunque su forma de abono depende de diversos factores.

Así lo establece el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, señalando que "el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año".

De estas, una de ellas debe ser "con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores".

En otras palabras, una de ellas se cobrará en diciembre sí o sí y la otra dependerá del convenio o del acuerdo con la empresa. Por lo general, esta suele darse en los meses iniciales del verano, como junio.

¿Cuánto dinero se cobra en la paga extraordinaria?

Existe la creencia de que la paga extraordinaria debe ser idéntica a una nómina mensual.

Sin embargo, la realidad suele ser distinta y, para sorpresa de muchos trabajadores, el importe neto que reciben acostumbra a ser algo menor.

La explicación está en cómo se calcula esta retribución. Aunque cada caso depende de lo que establezca el convenio colectivo, lo habitual es que la paga extraordinaria se determine tomando como referencia el salario base.

Por ello, normalmente quedan fuera otros conceptos que sí aparecen en la nómina mensual, como los complementos por antigüedad, nocturnidad o distintos pluses, además de percepciones extrasalariales como las dietas o el transporte.

A fin de cuentas, el resultado es que la paga extra suele ser inferior al sueldo ordinario.

El prorrateo

Asimismo, como mencionábamos anteriormente, cabe la posibilidad de que los convenios contemplen la posibilidad de que estas dos pagas "se prorrateen en las doce mensualidades".

Es decir, en lugar de cobrar dos pagas extra al año (por ejemplo, en verano y Navidad), las cobras poco a poco repartidas en los sueldos de todo el año.

Por ejemplo, un trabajador con un salario de 1.500 euros mensuales cobrará esa cantidad cada mes y, además, recibirá dos pagas extraordinarias de 1.500 euros, una en verano y otra en Navidad, siempre que no estén prorrateadas.

En cambio, si las pagas extra se encuentran prorrateadas, esos 3.000 euros anuales se distribuyen entre las doce nóminas. De este modo, el empleado no recibe dos ingresos extraordinarios, sino que percibe alrededor de 250 euros más cada mes.

Al final, la paga extra no siempre llega cuando uno la espera. Lo importante es saber cómo la cobra cada trabajador para evitar sorpresas y, ante la duda, comprobar siempre los convenios.