Unas aceitunas rellenas.

Unas aceitunas rellenas. Pixabay

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Ya ha entrado en vigor: las aceitunas rellenas cambian para siempre su calidad alimentaria este 2026

La nueva normativa exige que cuando el relleno sea una pasta, la denominación debe ajustarse al ingrediente más característico.

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Zaragoza
Publicada

Cada vez más se vigila y controla la calidad alimentaria. Los productos deben cumplir una serie de requisitos, y su etiquetado también, para que el consumidor sepa exactamente qué está comprando.

Las aceitunas rellenas son uno de esos productos que de toda la vida han formado parte del aperitivo, o del vermú o de una cena de picoteo. Sin embargo, no sabíamos que su etiquetado no era preciso.

La publicación del Real Decreto 142/2026 del 25 de febrero ha generado que se cambien o anulen algunas normas alimentarias, y las famosas aceitunas se han visto afectadas.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación impulsa esta reforma que supone una importante actualización del marco normativo dentro del Código Alimentario Español.

El objetivo es adaptarlo a las nuevas demandas del mercado, reforzar la transparencia y facilitar la innovación en la industria.

El cambio de las aceitunas es que actualiza la regla de calidad para aclarar definiciones, prácticas admitidas y requisitos de información, con la idea de armonizar el texto con la normativa europea.

Cuando el relleno sea una pasta, la denominación deberá ajustarse al ingrediente caracterizante, es decir, al que aporta el sabor o la identidad principal del producto.

Esto busca evitar nombres poco precisos en la etiqueta y hacer más claro para el consumidor qué ingrediente define realmente el producto.

El Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero, por el que se modifican y derogan determinadas disposiciones en materia alimentaria, hace alusión a las aceitunas rellenas en el séptimo artículo.

"Artículo séptimo. Modificación del Real Decreto 679/2016, de 16 de diciembre, por el que se establece la norma de calidad de las aceitunas de mesa" se introduce.

"En el caso de aceitunas rellenas, la denominación del producto será 'aceituna rellena de…', completada con el nombre del relleno. Cuando el relleno sea en forma de pasta, en la denominación del producto se podrá indicar únicamente el ingrediente caracterizante de la misma, debiendo indicarse claramente en el listado de ingredientes que el relleno es en forma de pasta, detallándose, además, sus ingredientes".

Este cambio en la norma de las aceitunas afecta sobre todo a las aceitunas rellenas, y en especial a las rellenas de anchoa que son las típicas de aperitivo.

El Real Decreto no prohíbe esas aceitunas ni las saca del mercado; lo que hace es exigir más precisión en el etiquetado y en la denominación cuando el relleno es una pasta.

La norma dice que, si el relleno se presenta en forma de pasta, esa condición debe indicarse claramente en la lista de ingredientes, y además hay que detallar los ingredientes de esa pasta.

La idea es que el consumidor sepa mejor qué está comiendo y no piense que el interior es solo anchoa cuando en realidad suele ser una mezcla de anchoa y otros ingredientes o aditivos.