Varios peces en una pecera.

Varios peces en una pecera. Shutterstock

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La Ley lo confirma: si tienes un animal en una jaula o acuario, deberás garantizar un entorno "naturalizado"

La normativa sobre Bienestar Animal establece que los animales que viven en jaulas, acuarios o terrarios deben contar con espacios adaptados a sus necesidades.

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Alicante
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La Ley de Bienestar Animal establece que los animales de compañía que viven de forma permanente en jaulas, acuarios, terrarios o instalaciones similares deben disponer de un espacio adaptado a sus necesidades.

La normativa obliga a que estos habitáculos tengan el tamaño adecuado, un entorno naturalizado y elementos de enriquecimiento ambiental que favorezcan su bienestar.

Cuando surgen dudas sobre cómo debe cuidarse un animal de compañía, lo más recomendable es consultar con un profesional veterinario o acudir a la propia Ley de Bienestar Animal.

La norma recoge tanto las obligaciones generales de los propietarios como los requisitos específicos para garantizar unas condiciones de vida adecuadas para cada especie.

Las obligaciones

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales establece que las personas titulares o que convivan con animales de compañía tienen el deber de protegerlos y cumplir las obligaciones previstas en la normativa.

Entre ellas, la ley indica que los animales deben mantenerse, siempre que sea posible según su especie, integrados en el núcleo familiar y en buenas condiciones de salud e higiene.

En aquellos casos en los que un animal no pueda convivir dentro del hogar por las características de su especie o por cuestiones relacionadas con su tamaño o calidad de vida, deberá disponer de un alojamiento adaptado.

En concreto, la norma señala que estos animales deben contar con "habitáculos acordes a sus dimensiones" y que les protejan de las inclemencias del tiempo, además de facilitar "un ambiente en el que puedan desarrollar las características propias de su especie y raza".

Asimismo, añade que los animales gregarios deberán disponer de la compañía que necesiten.

La legislación también obliga a los propietarios a evitar que la tenencia del animal pueda ocasionar molestias o daños a otras personas, animales o bienes, así como a impedir la reproducción incontrolada, ya que la cría únicamente puede realizarse por personas inscritas en el registro correspondiente.

Jaulas, acuarios y terrarios

Uno de los aspectos que regula expresamente la Ley de Bienestar Animal afecta a los animales que viven de forma permanente en jaulas, acuarios, terrarios o instalaciones similares.

En estos casos, la normativa establece que deberán disponer de "espacios adecuados en tamaño, naturalización y enriquecimiento ambiental para su tenencia".

Además, precisa que las condiciones concretas para cada especie se desarrollarán mediante un reglamento específico.

Otras obligaciones

La ley también contempla otras responsabilidades para los dueños de animales de compañía.

Entre ellas, facilitar los tratamientos y controles veterinarios obligatorios, recoger y limpiar los excrementos y orines depositados en espacios de paso utilizando productos biodegradables y comunicar a la administración competente la retirada del cadáver de un animal identificado.

En el caso de los gatos, la normativa establece la obligación de identificarlos mediante microchip y esterilizarlos antes de los seis meses de edad, salvo que estén inscritos como reproductores a nombre de un criador registrado.

Además, la baja por fallecimiento deberá acreditarse mediante un documento que certifique su incineración o enterramiento por una empresa autorizada o, si no es posible recuperar el cadáver, mediante la documentación correspondiente.