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Vivir FIESTAS

¿Qué días festivos y domingos abrirán las tiendas en la Comunidad Valenciana el próximo 2023?

El Observatorio de Comercio Valenciano aprueba los once días en que se permitirá la apertura de los establecimientos comerciales en fiestas

9 noviembre, 2022 19:42
Andrea Reinosa Redacción | Agencias

Todos los años, miles de consumidores se preguntan lo mismo en días festivos o domingos: ¿estarán abiertas las tiendas? La Comunidad Valenciana, a través del 'Observatorio de Comercio Valenciano' ya ha fijado los once días de fiestas en los que los establecimientos comerciales permanecerán abiertos: el 8 de enero el 7, 9 y 30 de abril, el 24 de junio, el 2 de julio, el 8 de octubre, el 26 de noviembre y el 8, el 24 y el 31 de diciembre.

Según la ley del Comercio de la Comunitat Valenciana los domingos y festivos se consideran no laborables con carácter general, pero cada año se habilitarán hasta un máximo de once domingos o festivos en los que los establecimientos podrán permanecer abiertos al público para desarrollar su actividad comercial.

Ello puede hacerse cuando se produzca la coincidencia de dos o más festivos continuados, en los períodos tradicionales de rebajas, en los festivos de mayor afluencia turística en la Comunitat Valenciana, y en la campaña de Navidad, según informa la Generalitat.

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Los domingos y festivos de apertura en 2023 se han aprobado en la reunión del Observatorio de Comercio en la que el conseller de Economía Sostenble, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, Rafa Climent, ha informado sobre la tramitación del Anteproyecto de Ley de Comercio Sostenible y de las zonas de gran afluencia turística declaradas.

En concreto, se ha declarado como zona de gran afluencia turística la zona de El Perelló de Sueca, para los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, excepto el 1 de mayo, si procede, y para los domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.

Respecto al anteproyecto de Ley de comercio sostenible, el conseller ha explicado que “la Conselleria ha sido informada por el Consell Jurídic Consultiu, y se están estudiando las observaciones formuladas para ajustar el texto y enviarlo a Les Corts”.

En cuanto a la modificación de la normativa del PATSECOVA, ha asegurado que “se está pendiente del informe del Comité Económico y Social, y a continuación será sometido al dictamen del Consell Jurídic Consultiu”.

Además de los domingos y festivos habilitados con carácter general, la Ley 3/2018, de 16 de febrero, de la Generalitat establece periodos de apertura adicionales en los municipios con zonas de gran afluencia turística.

Así, las zonas de gran afluencia turística que tengan declarado un periodo estacional correspondiente a la Semana Santa y Pascua o en el periodo estival, podrán abrir al público en determinados periodos.

Las que tengan declarado como de gran afluencia el periodo de Semana Santa-Pascua y verano podrán abrir los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, salvo el 1 de mayo, además de los domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.

Las que tengan declarado el periodo de Semana Santa o Pascua y de verano a Navidad y Reyes podrán abrir los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, salvo el 1 de mayo, en su caso.

Además, podrán abrir os domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 5 de enero, excepto el 9 de octubre, el 25 de diciembre, y el 1 de enero.

En cuanto a València y Alicante, pueden abrir al público, además de las anteriores, los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, salvo el lunes de Pascua y el 1 de mayo.

Además, pueden abrir los domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 5 de enero, excepto, en el caso de Alicante, el 24 de junio, el 9 de octubre, el 25 de diciembre, y el 1 de enero.

En el caso de València, el 19 de marzo, el 15 de agosto, el 9 de octubre, el 25 de diciembre, y el 1 de enero.