Vista panorámica de Llíber.

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Marina Alta

Condenan a dos años a tres promotores por estafar a ingleses con la venta de chalés en un pueblo de Alicante

La sentencia de la Audiencia multa al alcalde del PP entre 1999 y 2003 junto al arquitecto técnico por un delito de prevaricación urbanística.

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Alicante
Publicada

Condena al bum del ladrillo en la provincia de Alicante. La Audiencia condena, más de veinte años después a tres promotores por estafar en la venta de chalés en suelo no urbanizable en Llíber, en la comarca de la Marina Alta. El alcalde del PP entre 1999 y 2003 junto al arquitecto municipal, también multado por prevaricación urbanística.

La sentencia de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante establece una pena de prisión de dos años por un delito continuado de estafa para el que aprecia la atenuante de dilaciones indebidas a tres promotores urbanísticos y al arquitecto municipal.

Las víctimas son decenas de clientes a los que engañaron para que compraran terrenos que no eran urbanizables y construyeran ahí sus viviendas. Los hechos juzgados se centran en los años 1999 a 2003, cuando esta localidad a pocos kilómetros de las playas de Calp y Moraira estaba creciendo urbanísticamente.

Este caso representa la extensión de la corrupción en diferentes estamentos. La Sala impone además al citado técnico del ayuntamiento y a José Mas Avellà, el entonces alcalde, a una multa de 1.800 euros. A ambos les atribuye un delito continuado de prevaricación urbanística para el que también aprecia la atenuante de dilaciones.

Llíber es un pequeño pueblo que en 1991 apenas tenía 469 habitantes censados. En 2001 su población ya había crecido hasta los 671 y lo seguiría haciendo hasta estabilizarse en los más de 900 actuales

Ahora Mas Avellà y el arquitecto estarán inhabilitados durante tres años para trabajar en urbanismo o gestión en órganos de la Administración pública.

Los restantes cinco acusados en esta causa, entre ellos tres ediles con competencias municipales en el momento de los hechos, han quedado absueltos. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Cómo estafaron

La resolución judicial repasa el método de estafa de los diferentes condenados. Así, considera probado que los tres empresarios condenados anunciaban y ofrecían a través de agentes inmobiliarios del Reino Unido la construcción de viviendas en parcelas de suelo rústico no urbanizable que mostraban a los interesados, a los que aseguraban que se podía construir.

¿Y cómo salía adelante? Decían a sus clientes que podían solicitar información sobre la legalidad de las obras y de las operaciones en el Ayuntamiento de Llíber, donde les atendía el técnico municipal condenado.

Este, de acuerdo con los constructores, tampoco les advertía de los obstáculos para la construcción. De hecho, en alguno de los casos, el arquitecto llegó a confirmar que la construcción era legal al perjudicado que le preguntaba.

La sentencia añade que el funcionario también cobraba por la redacción de memorias que se incorporaba a los respectivos expedientes administrativos de licencia de obras una retribución.

El arquitecto condenado informaba favorablemente, con apoyo de la memoria que él mismo había elaborado, a la concesión de la licencia de obra antes de su deliberación y acuerdo en el Pleno del Ayuntamiento. Un trámite que salía adelante con el voto a favor del alcalde Mas Avellà, también condenado, pese a que conocía que era manifiestamente contraria a la normativa.

Las víctimas confiaban en la apariencia de legalidad y seriedad que les ofrecían las actuaciones. Así fueron pagando para la construcción de las viviendas. Lo que desconocían es que no obtendrían licencias de ocupación ni cedulas de habitabilidad, ni dispondrían de servicios como agua o electricidad en condiciones de normalidad.

La Sala concluye que la mayoría de ellos "no habría llevado a cabo los negocios de adquisición de las parcelas y construcción de las viviendas si hubieran conocido los obstáculos a la construcción y la ilegalidad de esta".