Imagen aérea del Ayuntamiento de la zona de las Lomas del Garbinet.

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Alicante URBANISMO

Alicante da luz verde al Plan Urbanístico de Lomas del Garbinet después de 20 años parado

Urbanismo aprobará la delimitación del suelo urbanizable en las Lomas del Garbinet, "de gran interés ambiental y paisajístico", y un nuevo parque urbano. 

12 mayo, 2023 16:43
Alicante

La comisión de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante ha dado luz verde para su aprobación en el Pleno municipal en los próximos días de la delimitación del nuevo sector urbanizable en las Lomas del Garbinet tras 20 años parado, así como el sometimiento a exposición pública de la regulación de los usos dotacionales terciarios para su adaptación a la legislación autonómica

ha dado luz verde, para su aprobación en el Pleno municipal previsto para los próximos días, a la modificaciones puntuales del Plan General propuestos por la Oficina que dirige Leticia Martín en relación al Plan Especial de reserva de suelo dotacional de la Universidad de Alicante, la delimitación del nuevo sector urbanizable en las Lomas del Garbinet y el sometimiento a exposición pública de la regulación de los usos dotacionales terciarios para su adaptación a la legislación autonómica.

Asimismo, por vía de urgencia, se ha aprobado el proyecto del Plan Especial de la OI/2, referido a la ordenación estructural adaptada al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (TRLOTUP) donde se ubicará el futuro Parque Central.

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Sector Lomas del Garbinet

La comisión ha impulsado, con la aprobación de PP, Ciudadanos y Vox, la modificación puntual 46 del PGOU a la delimitación del suelo urbanizable en las Lomas del Garbinet y un nuevo parque urbano. El resto de representantes han optado por la abstención.

Los objetivos que persigue esta propuesta pueden resumirse del siguiente modo: en primer lugar, proponer una ordenación urbanística que resuelva el remate de la ciudad en este borde, estableciendo una transición adecuada entre los suelos urbanos del barrio de Juan XXIII 2º Sector y el espacio natural de las Lomas de Garbinet, de especial interés por sus valores ambientales y paisajísticos.

También, proponer una ordenación urbanística que garantice la protección y puesta en valor de los elementos con interés ambiental, paisajístico y patrimonial que existen en el ámbito de la actuación.

Desde el punto de vista urbanístico, el ámbito de actuación constituye el borde urbano norte de la ciudad, más allá del barrio del 2º sector. Se sitúa entre la Autovía A70 y la calle Turquesa, que debe convertirse en el bulevar Ronda Norte (plan especial aprobado en diciembre de 2004), prolongación del bulevar Baronía de Polop, cuya función ha de ser, entre otras, conectar la calle Pintor Gastón Castelló (salida Norte de Alicante hacia Villafranqueza y autovía) con Poeta Salvador Sellés y la Vía Parque a esta altura.

La superficie de esta infraestructura verde es de 449.381 m2, de los que 314.491 m2 están incluidos en el nuevo sector de plan parcial que se delimita con esta modificación. Su cesión y urbanización se llevarán a cabo mediante la gestión urbanística del propio del sector a través de su programación y ejecución de la actuación. Los 134.890 m2 restantes constituyen el parque de red primaria externo al sector.

Esta iniciativa también persigue hacer compatible el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo de 11 de noviembre de 1999, que establece la vigencia de la calificación urbanística de los suelos incluidos en el Polígono B del Plan Parcial de 1972, con los criterios de ordenación del territorio establecidos por la legislación urbanística y demás legislación aplicable.

Modificación del plan 

La comisión de Urbanismo ha dado luz verde por unanimidad de todos los grupos políticos al proyecto de modificación puntual número 2 del Plan Especial de Reserva de Suelo Dotacional de la Universidad de Alicante.

La modificación planteada por la institución docente consiste, exclusivamente, en modificar el artículo del Plan Especial vigente donde se regula la “altura de coronación del edificio” al resultar ésta insuficiente por requerir de una mayor altura libre entre forjados para el desarrollo adecuado de los usos previstos y para el paso de instalaciones, en cumplimiento de la normativa actual. La propuesta es pasar de 16 a 19 m de altura de coronación. Este trámite flexibilizará la construcción de inmuebles para acoger a las empresas que lo precisen.

El Plan Especial de Reserva de Suelo Dotacional de la Universidad de Alicante calificó los terrenos objeto del mismo como Equipamiento Educativo Cultural (PED), perteneciente a la Red Estructural de dotaciones públicas del municipio de Alicante, sin alteración de la clasificación del suelo que sigue manteniéndose como suelo no urbanizable.

Suelo dotacional

Por otro lado, se ha aprobado, con la única abstención del grupo socialista, el sometimiento a exposición pública de la modificación puntual 42 del vigente Plan General que pretende la adaptación de la calificación de aquellos equipamientos, cuyo suelo es de titularidad privada, destinados a los usos educativo-cultural, deportivo-recreativo y sanitario-asistencial, para pasar a ser calificados conforme a lo dispuesto en la normativa urbanística vigente, como terciarios especiales.

Estos suelos recalificados como terciario especial podrán acoger cualquiera de los usos previstos en la legislación urbanística vigente, pudiendo destinarse indistintamente al uso educativo-cultural, deportivo-recreativo y sanitario-asistencial.

El objeto fundamental de la modificación del PGMO de 1987 es adaptar la actual regulación de los usos dotacionales en la que no se realiza distinción entre la titularidad pública o privada de los mismos.

Esta regulación entra en conflicto con la legislación urbanística actualmente vigente en la Comunitat Valenciana, Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (en adelante TRLOTUP), que realiza una distinción y regulación propia y más adecuada de las dotaciones de titularidad privada considerando que son Usos Terciarios de carácter especial.

Además, con la presente Modificación Puntual se pretende dotar de mayor flexibilidad la regulación actual de las dotaciones públicas, eliminar y adecuar aquellos aspectos que resultan incongruentes con la legislación urbanística vigente, así como llevar a cabo una organización más racional de las normas urbanísticas con respecto a los usos terciarios y dotacionales.

Plan Especial Estación Intermodal 

Además, se ha aprobado, con los votos del PP y Ciudadanos y la abstención del resto de formaciones, el proyecto del Plan Especial de la OI/2, referido a la ordenación estructural adaptada al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (TRLOTUP) donde se ubicará el futuro Parque Central. La comisión ha acordado una nueva reunión, de carácter técnico, con los grupos de la oposición previa al Pleno Municipal extraordinario donde se llevará el asunto para la resolución de las alegaciones presentadas durante el periodo de exposición pública y la aprobación provisional del citado Plan Especial para posteriormente remitir a la Conselleria competente en Urbanismo el texto para su aprobación definitiva.

La ordenación adopta un criterio de funcionalidad especial, en el sentido de que, más allá de verificar el cumplimiento de estándares dotacionales y de edificabilidad en su ámbito, trata de adoptar soluciones de integración con los barrios colindantes para mejorar la calidad de vida de sus vecinos. Todo ello gira en torno a la creación de grandes espacios públicos dotacionales, presididos por un gran parque urbano que se incorpora como elemento vertebrador del sistema de espacios libres de la ciudad, facilitando su disfrute público a vecinos que hoy soportan déficits históricos en materia de lugares de esparcimiento y usos recreativos deportivos.