Ximo Puig y Carlos Mazón, en una imagen reciente.

Ximo Puig y Carlos Mazón, en una imagen reciente. EFE

Alicante SENTENCIA

El TSJCV da la razón a la Diputación de Mazón en su recurso al Fondo de Cooperación de Ximo Puig

La Sala acuerda suspender cautelarmente la ejecución del acuerdo de la Generalitat que obliga a dicha corporación provincial a aportar más de 13 millones de euros

2 diciembre, 2022 15:53
Alicante
Varapalo de la Diputación de Alicante al Gobierno valenciano de Ximo Puig. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha accedido a la petición del ejecutivo que dirige el también líder del PP valenciano, Carlos Mazón y ha acordado suspender cautelarmente la ejecución del acuerdo de la Generalitat que obliga a dicha corporación provincial a aportar más de 13 millones de euros al Fondo de Cooperación Municipal para el ejercicio de 2023.
"Sin entrar en el fondo del asunto, que será objeto de sentencia en su momento", avisan fuentes del TSJCV, la Sala entiende que procede la suspensión cautelar de los apartados 5º y 6º del acuerdo de 17 de junio de la Generalitat por el que se aprueba el Plan de Financiación Básica del Fondo de Cooperación Municipal, en lo relativo a la Diputación de Alicante, "a fin de evitar perjuicios de difícil reparación a la demandante en caso de que finalmente se estimara su recurso".
El Tribunal señala en los fundamentos jurídicos del auto que la aportación exigida a la Diputación alicantina "desaprovecha de manera irremediable la política de gastos ya prevista o diseñada para el ejercicio 2023 en favor de los municipios" de esta provincia.
Esos municipios -añaden los magistrados- se verán "perjudicados" como consecuencia de la citada exigencia "por no recibir ese cambio de destino de tales recursos, dañando las competencias y funciones genuinas de la Diputación de soporte a las necesidades financieras de los municipios de la provincia, en particular, para los de menores recursos económicos e impidiéndole el ejercicio de sus deberes de auxilio económico".
"No se puede aceptar que tales perjuicios admitan reparación por cuanto que dado lo avanzado de la elaboración del presupuesto del 2023, cuando nos encontramos a finales del ejercicio de 2022, teniendo en cuenta las exigencia del acuerdo impugnado de 17-6-2022, esa aportación habría de detraerse de los presupuestos del 2023 para atender las necesidades del Fondo, impidiendo, si no se adoptase la medida cautelar, que los Ayuntamientos reciban la financiación prevista y necesaria para sufragar los servicios de asistencia a sus ciudadanos", concluye la Sala.

En octubre de este año, la Diputación anunciaba un recurso ante este órgano judicial similar al presentado por el PP ante el Tribunal Constitucional. Este paso llegaba tras el informe emitido por los servicios jurídicos de la Diputación el cual sentenciaba que tanto el Acuerdo del Consell de 2022 como la Ley 5/2021 vulneran la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.