Alumnos en un aula de un IES en una imagen de archivo.

Alumnos en un aula de un IES en una imagen de archivo. EFE/Bernardo Rodríguez

Valencia EDUCACIÓN

La Justicia ordena que un colegio valenciano imparta a una alumna un mínimo del 25% de clases en castellano

El TSJ de Valencia estima la medida cautelar solicitada por el padre de una alumna que cursa secundaria.

27 mayo, 2024 13:21
Valencia

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado la medida cautelar instada por el padre de una alumna para que reciba una enseñanza bilingüe en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular en al menos el 25% del horario lectivo.

La alumna cursa secundaria en un centro educativo de la localidad de El Puig, en la provincia de Valencia, y el TSJCV ha ordenado a la Administración valenciana, compuesta ahora por PP y Vox, que adopte las medidas necesarias para que dicha alumna, conjuntamente con sus compañeros, reciba una enseñanza bilingüe en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular en al menos el 25% del horario lectivo.

La Sala ha adoptado esta decisión mientras se tramita el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente el pasado 19 de febrero, en aplicación del principio fumus boni iuris o apariencia del buen derecho, según ha informado el alto tribunal valenciano en un comunicado.

[La reforma educativa de Mazón que sí empieza en 2024: más matemáticas, nota numérica y valenciano exento]

El auto, fechado el pasado viernes, no es firme y puede ser recurrido en súplica en el plazo de cinco días.

La resolución, consultada por el ESPAÑOL, recoge que la Abogacía de la Generalitat aportó una resolución de 21 de abril de 2022, cuando Compromís dirigía la Conselleria de Educación, que autoriza, para el curso 2022-2023, el proyecto lingüístico del centro.

Este documento establece "la proporción del 25% de uso vehicular del castellano tanto en educación infantil como educación primaria, indicando que aquello que era instado ya está establecido en el proyecto lingüístico".

"La medida cautelar va a ser acogida, si bien con carácter provisional", precisa el tribunal.

La Sala recuerda en su resolución las sentencias previas dictadas en este sentido, "en las que se reconoce que el castellano sea utilizado como lengua vehicular razonable y en proporción adecuada, tal como se ha establecido por la administración en el centro escolar del recurrente para educación infantil y primaria, pero no en secundaria".