Un perro y un gato en una habitación
Es oficial: no podrás dejar a tu perro solo más de 24 horas ni a tu gato más de 3 días, según la Ley
La Ley de Bienestar Animal establece multas que oscilan, según su gravedad, entre los 500 y 200.000 euros
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Las mascotas son un miembro más en las familias gallegas. Desde perros y gatos hasta hurones o incluso aves de rapiña, Galicia supera los 800.000 animales de compañía censados, según datos de la Consellería de Medio Ambiente.
A Coruña es la provincia con más animales inscritos en el Registro Gallego de Identificación de Animales de Compañía (Regiac), con 307.488. Le sigue Pontevedra, con 283.629; Lugo, con 116.655, y finalmente Ourense, con 104.442 animales.
La multa oscilaría entre los 500 y 10.000 euros
Está claro que a los gallegos nos encantan los animales. Sin embargo, tener mascotas implica una serie de responsabilidades y, con la nueva Ley de Bienestar Animal, es importante tener en cuenta varios aspectos.
La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales entró en vigor el 29 de septiembre de 2023. Esta norma regula la protección y la tenencia responsables de los animales, y da respuesta a cuestiones como cuánto tiempo pueden permanecer solos.
Pues bien, de acuerdo con la ley, las mascotas no pueden dejarse solas en casa sin supervisión durante más de tres días, un plazo que se reduce a un máximo de 24 en el caso de los perros.
"Queda expresamente prohibido dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas", dice el artículo 27 de la Ley de Bienestar Animal.
La citada Ley establece multas que oscilan, según su gravedad, entre los 500 y 200.000 euros.
En el caso de las infracciones leves, que incluyen toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente, la multa oscilaría entre los 500 y 10.000 euros.
La sanción podría elevarse hasta los 50.000 euros si el animal queda en condiciones inadecuadas, como en balcones o terrazas, y de hasta 200.000 euros en caso de muerte del animal.
El artículo 27 lo deja claro: "Queda expresamente prohibido mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos".
Este artículo también contempla otras prohibiciones, entre las que se incluyen:
- Mantener los animales atados o deambulando por espacios públicos
- Llevar animales atados a vehículos a motor en marcha
- Utilizar los animales en peleas o su adiestramiento en el desarrollo de esta práctica o similares
- Llevar a cabo actuaciones o prácticas de selección genética
- El uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, "en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo"
- La comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales