Tribunal Supremo de España, en Madrid

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El Supremo rechaza el recurso de Vigo contra el cobro 1,1 millones de la Xunta por obras en Eiras

El procedimiento se refiere a cobros de los años 2015 y 2016, pero hay otro recurso pendiente, correspondiente al canon de 2014

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El Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que inadmite el recurso de casación presentado por el Concello de Vigo contra una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). Esta validaba el cobro de un canon por parte de la Xunta a la administración municipal por obras ejecutadas en la presa de Eiras, unos pagos correspondientes a los años 2015 y 2016, que suman algo más de un millón de euros.

Como recoge Europa Press, el Supremo ha acordado su inadmisión a trámite por "carecer el recurso del exigible interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia dado que, a pesar de que el Ayuntamiento recurrente intenta formular una cuestión con apariencia de generalidad, es manifiesto que el recurso no ofrece ningún interrogante interpretativo de las normas cuya infracción denuncia".

Igualmente, señala en su auto que "al contrario, el debate realmente existente" se ciñe a la valoración del recurso que hizo el TSXG y que le llevó a inadmitirlo por vía administrativa. Por ello el Supremo rechaza ahora el recurso de casación e impone las costas al Ayuntamiento.

La sentencia recurrida, de enero de 2024, desestimó un recurso contencioso-administrativo presentado por el Concello contra el cobro de ese canon en 2015 y 2016. La tribunal consideró que los escritos de solicitud municipal de nulidad deben ser calificados realmente como recurso de reposición y, al ser extemporáneos, debían ser inadmitidos.

A partir de ahí, el TSXG señalaba que no procedía analizar las cuestiones de fondo planteadas (entre ellas, la legalidad del canon que cobra la Xunta por esas obras), en tanto que se estimaba la causa de inadmisibilidad del recurso esgrimida por la Xunta de Galicia. Es decir, el recurso contencioso se había dirigido frente a un "acto no susceptible de impugnación".

Ahora, el Tribunal Supremo valida los argumentos del alto tribunal gallego y señala la ausencia de interés casacional, inadmitiendo el recurso.

Ante esta resolución, la Xunta ha señalado que el Concello "finalmente pagará las deudas en las que ha incurrido desde 2015 por la gestión de la presa de Eiras". "El Supremo les niega la última acción para dilatar el pago y, de esta forma, por fin volverán al erario público -y consecuentemente a los gallegos- las cantidades invertidas en la explotación que el consistorio se negaba a pagar", han señalado fuentes autonómicas.