Panorámica de Pontevedra
Absuelven a un hombre acusado de intentar violar a una mujer en Pontevedra por falta de pruebas
Tras una noche de fiesta, la mujer se tumbó en la parte de atrás del coche, donde el varón habría intentado penetrarla mientras dormía
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La Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto a un acusado de intentar violar a una mujer en la capital provincial por falta de pruebas. En concreto, estaba procesado por un delito de agresión sexual agravado por penetración o acceso carnal en grado de tentativa.
Los hechos denunciados habrían ocurrido en noviembre de 2023. El hombre habría salido de fiesta con la mujer, amiga de él y con la que había mantenido relaciones sexuales consentidas en otras ocasiones.
Sin embargo, tras salir de un local de copas y mientras el varón llevaba a casa a la mujer, esta comenzó a sentirse mal porque había bebido alcohol y se tumbó en la parte de atrás del vehículo a dormir antes de subir a su domicilio. Allí, el varón habría intentado penetrarla mientras ella se encontraba dormida, según ella denunció.
Por esto, Fiscalía solicitaba hasta tres años y medio de prisión para el varón, así como la prohibición de aproximarse a la mujer a no menos de 300 metros durante ocho años y medio.
Pese a esto, la Audiencia ha absuelto al hombre. "Ante la duda, y aplicando la presunción de inocencia, se ha de optar por la absolución y aplicación del principio in dubio pro reo porque no se puede albergar duda alguna de la prueba para poder condenar al encausado", subraya la Sala en la sentencia.
"De las pruebas practicadas, no existe una prueba contundente y de cargo que permita elaborar la consecuencia solicitada por el Ministerio Fiscal y la acusación particular: un delito de agresión sexual agravado por la penetración o el acceso carnal por vía vaginal de la víctima (violación) en grado de tentativa", explican los jueces.
Todo ello tras analizar no solo las versiones de ambas partes, sino de las personas que habían salido con ellos y de las conversaciones anteriores y posteriores a los supuestos hechos. Sin embargo, la sentencia no es firme, ya que cabe recurso de apelación ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).