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Un subteniente de la Brilat de Pontevedra, condenado por acoso sexual a una soldado

Deberá abonar a la víctima 50.000 euros en concepto de indemnización por la baja laboral a la que tuvo que acogerse. Además, el Tribunal Militar de A Coruña le ha impuesto la pena accesoria de revocación de ascenso, pues en el momento de los hechos el procesado era brigada
Una hilera de militares en formación.
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Un militar del Ejército de Tierra, actualmente subteniente, ha sido condenado a dos años de prisión por un delito consumado de abuso de autoridad en la modalidad de acoso sexual. Cuando ocurrieron los hechos condenados, el procesado era brigada y se encontraba destinado en la Brigada Galicia VII (Brilat) con sede en Figueirido (Pontevedra).

Tal y como se recoge en la sentencia, el acusado era jefe de la unidad en la que estaba la soldado -víctima-. La citaba en su despacho con el objetivo de mantener reuniones "de larga duración" y en las que "no se trataban asuntos del servicio". De lo contrario, el entonces brigada le consultaba por temas de su ámbito personal y, durante esos momentos, "mantenía largos silencios mirando a la soldado de arriba a abajo, suspirando y moviendo la cabeza de lado a lado".

Según el mismo documento, el condenado le ofrecía a la soldado, de manera reiterada, abrazos y le decía "qué rica eres", además de buscar el contacto físico y abrazarla "en contra de su voluntad". La mujer, que experimentó "una fuerte ansiedad, angustia y pánico", llegó a grabar una de las conversaciones y la presentó como prueba.

Revocación del ascenso

Por todo lo anterior y en concepto de responsabilidad civil, el subteniente deberá abonar a la víctima la cantidad de 50.000 euros para indemnizarla por los 183 días de una baja laboral a la que tuvo que acogerse a causa del daño psíquico que sufrió. En este extremo, el informe médico forense refleja la existencia de un "estrés postraumático, con sintomatología ansioso depresiva y repercusión funcional moderada". En esta indemnización se Incluyen los daños morales ocasionados.

Por otro lado, el acusado deberá abonar la cantidad de 13.000 euros en concepto de costas procesales. De todas estas cantidades se declara la responsabilidad civil subsidiaria del Estado.

Por último, el Tribunal Militar de A Coruña le impone la suspensión de empleo durante el tiempo de la condena y la pena accesoria de revocación de ascenso, además de la prohibición de comunicación por cualquier medio con la víctima, sus familiares y pareja -también militar- durante el tiempo de cinco años.

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