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El novio de la gallega Nerea Añel, declarado culpable de un homicidio por omisión

Tras la decisión del jurado popular,será la Audiencia de Ourense la que determine la pena. La Fiscalía pide 12 años y 6 meses de cárcel y la acusación particular, 14 años de prisión
Audiencia Provincial de Ourense.
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Tras cuatro jornadas de juicio en la Audiencia Provincial de Ourense y ocho horas de deliberación, el novio de Nerea Añel ha sido declarado culpable de un homicidio por omisión por el jurado popular, formado por cinco hombres y cuatro mujeres, tras escuchar la declaración del acusado, de la madre de la víctima y de numerosos testigos y peritos.

El Tribunal Popular ha considerado probado por unanimidad que el acusado se encontraba presente en el momento en el que la joven ourensana sufrió un traumatismo craneoencefálico y vertebral y que no le prestó la asistencia necesaria para evitar su fallecimiento. Suman una circunstancia de agravante por la relación de pareja que mantenían la víctima y acusado, y que creen que ha quedado completamente probada por las declaraciones en la sala de la audiencia.

Además, consideran probado también por unanimidad tanto que la joven, de 26 años en el momento de los hechos, sufría violencia a manos de su pareja, basándose en declaraciones de varios testigos, y que aquel 15 de enero de 2020, ambos huyeron por el camino paralelo al margen izquierdo del río tras alertar las empleadas del motel donde se alojaban al taxista que los iba a llevar de regreso a Ourense que le habían sustraído la cartera a otro compañero, y anunció que llamaría a la Guardia Civil. Descartan, por tanto, la versión del acusado de que se marcharon por la carretera y después se separaron.

El cadáver de la joven se encontró ocho meses más tarde en ese cauce del río, por lo que la climatología y el paso de tiempo dificultó a los forenses realizar un informe con tanta exactitud como en otros casos, como ellos mismos aludieron en su declaración. Esta situación ha hecho que el tribunal popular no pueda definir la circunstancia exacta del fallecimiento, pero sí han considerado acreditado que estaba presente cuando sufrió las lesiones y consideran que sufrió una caída en un punto "no determinado" del camino, aunque también entienden que no hay pruebas de que el acusado la golpease o la arrojase al río, ni tampoco que cargarse el cuerpo y lo depositase allí.

Así pues, no se han adherido a la tesis que sostenía la acusación particular, que ejerce la madre de la víctima, que trataba de probar que el acusado había participado activamente en el fallecimiento de la joven.

El Ministerio Público ha pedido una comparecencia para solicitar la prisión provisional del acusado por estos hechos. Además, ha interesado una pena de 12 años y 6 meses de prisión frente a los 14 que pedía inicialmente al tener en cuenta el atenuante de drogadicción.

La acusación particular mantiene su petición de 14 años de prisión y la defensa, que pedía la libre absolución, solicita que se tenga en cuenta el atenuante de drogadicción para que se rebaje la pena. La Audiencia Provincial tendrá ahora que determinar la pena.

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