Un perro de raza American Staffordshire atacó a dos mujeres, a una niña y a dos agentes de la Policía Local el pasado lunes en León. Todo se produjo cuando la mujer solicitó ayuda a los agentes después de ser agredida por un animal de raza peligrosa. La acompañaron al centro médico situado a escasos metros. A partir de ese momento, arrancó la búsqueda del can que fue localizado en una principales calles de la capital leonesa. Allí había agredido a otra mujer, una niña y había atacado al perro que las acompañaba, que falleció poco después por las heridas provocadas. 

Este no es el primer ataque de este tipo de perro de razas peligrosas. El pasado mes de septiembre, un hombre falleció en Madrid tras ser atacado por uno de sus perros rottweiler que le provocó graves heridas en el cuello, en la cara y el tórax. Otro de los casos se produjo en Gijón, cuando dos pitbulls -uno con bozal y el otro con las fauces liberadas- atacaron al perro de una mujer -una mezcla de chihuahua con yorkshire-. La mujer intentó proteger a su animal y acabó con varias mordeduras y arañazos. Hace poco menos de dos años, una mujer perdió las dos piernas en Galicia después de que un pitbull se lanzara contra ella. 

Pero, ¿cómo está regulada la posesión de perros potencialmente peligrosos en nuestro país? Según el Real Decreto 287/2002, la lista está formada por las razas de Pitbull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu. También se encuentran dentro los canes que cumplan una serie de características como la fuerte musculatura, el marcado carácter o el pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto. 

El Real Decreto no se ha aprobado para estigmatizar a los animales, si no para concienciar a sus dueños y asegurarse de que convivían con ellos teniendo todas las garantías de seguridad posibles. En el año 2003, la Comunidad de Madrid también creo el Registro Central Informatizado de Perros Potencialmente Peligrosos, cuya inscripción es obligatoria. La multa por llevar estos perros sin bozal puede llegar a los 750 euros y si no se dispone de licencia, se puede pagar hasta 3.000 euros

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