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Entre los diferentes derechos de los trabajadores, destaca el derecho a una baja laboral bajo unas justificaciones médicas que le impidan desempeñar su actividad de trabajo.

Sin embargo, las bajas requieren de un procedimiento legal con el que se pueda hacer seguimiento al trabajador y verificar que efectivamente es capaz de volver a su puesto o no.

Por ello, el abogado laborista Juan Manuel Lorente se encargó de explicar cómo se debe hacer y qué pasos hay que seguir para poder volver a trabajar una vez se recibe el alta médica.

De baja al trabajo

El derecho a baja laboral en España es una prestación reconocida por la Seguridad Social que protege al trabajador cuando una enfermedad o accidente le impide cumplir con su actividad profesional.

Se trata de un derecho fundamental dentro del sistema laboral, concebido para garantizar la salud y la estabilidad económica del empleado.

Existen varios tipos de baja laboral, aunque las más comunes son la baja por incapacidad temporal y la baja por accidente laboral. En ambos casos, el trabajador debe presentar un parte médico y seguir un control sanitario mientras recibe una compensación económica que sustituye parte de su salario durante un tiempo de recuperación.

El sistema español combina la apertura pública con la participación de las mutuas colaboradoras, encargadas de gestionar los casos relacionados con accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Este modelo busca equilibrar la protección del trabajador con la sostenibilidad del sistema, aunque no está exento de debates sobre su duración, el nivel de las prestaciones y los controles médicos.

Así, en su cuenta de redes sociales (@juanmalorente_laborista), el abogado Juan Manuel Lorente explicó el procedimiento a seguir.

"Si tu médico de cabecera te da el alta, pero no estás para trabajar, es importantísimo que le pidas esto a la empresa. He tenido varias consultas esta semana sobre esto y no entiendo cómo los trabajadores no lo conocen", confesaba el letrado.

A continuación lo explicaba: "Vamos a ver, si tú estás para reincorporarte, pero tu médico de cabecera te da el alta, automáticamente le tienes que mandar un correo electrónico a la empresa o un Whatsapp para comunicarlo por escrito de alguna manera".

En dicho comunicado, el trabajador le tiene que pedir a la empresa tres cosas. "Primero, que te vuelvan a incorporar porque ya estás de alta", apuntaba Lorente. "Segundo, las vacaciones siempre que tengas alguna acumulada. Y tercero, y esto es lo más importante y el motivo del vídeo, tienes que pedirle el reconocimiento médico".

Pero, ¿a qué se debe esta gestión? "Porque el reconocimiento médico va a comparar si estás apto o no estás apto para reincorporarte a tu trabajo", contaba el abogado.

"Independientemente de que tu médico de cabecera te haya dado de alta, este reconocimiento médico va a comprobar si reúnes físicamente las condiciones para trabajar".

De tal manera, este reconocimiento médico plantea tres posibles resultados: "El primer resultado es apto, caso bueno, pues estás para trabajar y no estás tan mal. El segundo caso es apto con limitaciones. Puedes trabajar, pero la empresa tiene que adaptarte el puesto a tu problemática física".

"Y el último resultado es no apto". afirmaba. "En este caso, no estás para trabajar, no puedes reincorporarte, a no ser que la empresa te recoloque en un puesto totalmente diferente".

En el caso de que la empresa no pueda ofrecer un puesto para el trabajador, "vas a poder salir de la empresa con una indemnización de 20 días por año trabajado y con derecho a cobrar el paro".

"Es decir, que si te han dado de alta, te encuentras fatal, no te puedes reincorporar, pues por lo menos que te vayas de la empresa con una indemnización y con una prestación por desempleo también", indicaba el abogado.