La Dirección General de Tráfico (DGT) pretende frenar todas las acciones inapropiadas en carretera que supongan un peligro para la seguridad vial de todos los usuarios. Como consecuencia, se han modificado en la última reforma de la Ley de Tráfico ciertas sanciones para intentar concienciar a la población, como el aumento de 3 a 6 puntos por hacer uso del teléfono móvil mientras se conduce. La semana pasada se alertó de la supermulta de 20.000 euros por dañar u obstaculizar la calzada, y esta semana se presenta una posible sanción mucho más cuantiosa por llevar instalado un inhibidor de radares.

La Ley de Tráfico aumenta la sanción a 30.000 euros, y no para la persona que haga uso de este elemento, sino para los talleres encargados de instalarlos.

Avisar de la existencia y ubicación de un radar móvil es legal, pero detectar e inhibir no. Esta cuestión es aún muy confundida entre los conductores, por eso es recomendable conocer todos los detalles de este tipo de elementos y poder evitar una buena sacudida al bolsillo.

Hasta 30.000 euros de multa por evitar radares

Hay algunos dispositivos que alertan de la presencia de un radar, de los cuales algunos son ilegales y otros no, con sanciones muy diferentes entre sí. Para los conductores la multa varía desde los 200 euros a los 6.000 euros, y para los talleres encargados de instalarlos, se impondrá una sanción que ascenderá a los 30.000 euros.

Los tres dispositivos en cuestión:

El avisador: son los GPS y las aplicaciones que cuentan con la posición de los radares fijos y del tramo de las carreteras españolas. Su uso es legal y no contrae ninguna sanción económica.

El inhibidor: emplear este dispositivo al circular es ilegal, con multas de 6.000 euros y la retracción de 6 puntos del carnet. Además, el taller que instale el dispositivo también puede ser sancionado, con hasta 30.000 euros.

El detector: el uso de este dispositivo encargado de rastrear y localizar los radares próximos está prohibido, se considera una infracción grave y conlleva una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos.

Por tanto, revelar la posición exacta de un control de velocidad sí sería ilegal. De hecho, la Fiscalía de Seguridad Vial trabaja en un informe jurídico para determinar si las aplicaciones móviles y demás plataformas de avisos de ubicación de controles de alcohol, de drogas y radares móviles son sancionables.

Otras sanciones económicas

Si 30.000 euros ya parecen una barbaridad, el único aspecto positivo es que la sanción irá destinada únicamente a los talleres encargados de la instalación de los elementos comentados anteriormente, pero existe otra multa muy poco económica que sí afectará a todos los conductores.

Se trata de la sanción de la Nueva Ley de Tráfico que varía desde los 3.000 euros a los 20.000 euros por causar dañar a la infraestructura de la vía, alterar la circulación, deteriorar y ocultar la señalización.

Independientemente de la reparación del daño causado, las consecuencias pueden ir mucho más allá del aspecto económico, pudiendo ser castigado con la pena de cárcel.

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