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Turistas en Santiago. Europa Press – Elisa Piñón

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El TSXG da la razón al Concello de Santiago de Compostela en la regulación de pisos turísticos

La sentencia fue declarada firme el pasado 25 de junio, una vez finalizado el plazo para presentar un posible recurso de casación

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado la razón al Concello de Santiago en el procedimiento contencioso contra la aprobación definitiva de la modificación del título 3 del PXOM para la regulación de usos turísticos, promovido por Aviturga (Asociación de Viviendas Turísticas de Galicia). Así lo ha informado esta mañana la portavoz municipal, Míriam Louzao.

Los hechos se remontan a 16 de febrero de 2023, cuando el Concello de Santiago aprobó una modificación del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) para prohibir la instalación de pisos turísticos en la zona vieja y las calles más cercanas, así como limitaciones en el Ensanche, entre otros barrios.

La norma se aprobó en pleno con los votos a favor del PSOE y de Compostela Aberta, la abstención del BNG y el concejal Javier Fernández, y el voto en contra del PP. En el exterior del Pazo de Raxoi, el sector de las VUT protagonizó una protesta para exigir una disposición transitoria para acoger a los propietarios que están dados de alta en el registro de la Xunta.

Sentencia firme

Míriam Louzao explicó que Aviturga presentó su recurso fundamentándose en la falta de informes de la Dirección General de Aviación Civil y de la Delegación del Goberno, así como en la ausencia de motivación para definir la actividad de vivienda de uso turístico como actividad de hospedaje, considerándola una intromisión en competencias autonómicas.

"La sala rechazó todos estos fundamentos resolviendo que los informes no eran preceptivos porque la modificación del PXOM no alteró las determinaciones del plan vigente en materia aeronáutica ni se aclaró en qué podría afectar la falta de informe de la Delegación do Goberno", indicó la portavoz municipal.

La Justicia, además, concluyó que la correspondencia de las viviendas de uso turístico al uso de hospedaje es adecuada y está de acuerdo con la normativa.

El plazo para presentar un posible recurso de casación ha finalizado y la sentencia fue declarada firme mediante un decreto con fecha del 25 de junio.