
Audiencia Provincial (A Coruña)
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Piden 5 años de cárcel para un conductor por la muerte de una pareja en Nochebuena en A Coruña
Los hechos sucedieron en la Avenida Finisterre en la lluviosa Nochebuena del 2020 y el culpable de los hechos provocó el accidente mortal por circular a una velocidad muy superior a la permitida. Una de las víctimas murió en el acto tras el impacto
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La Nochebuena de 2020 se tiñó de negro en A Coruña debido a un grave accidente en el polígono de Agrela, en la intersección con Avenida Finisterre, donde un matrimonio perdió la vida a causa de un conductor imprudente.
Estos hechos que ocurrieron en esta jornada tan señalada y lluviosa, cinco años después suponen la petición por parte de la Fiscalía de cinco años y medio de prisión y estos hechos se juzgarán en el Juzgado de Instrucción Número 5 de A Coruña.
Se considera que el conductor que causó el accidente mortal es responsable de dos delitos de homicidio por imprudencia grave y por conducción temeraria. También se solicita la inhabilitación durante dicho período para el derecho de sufragio pasivo y ocho años de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores.
Esto conllevaría también la pérdida de vigencia del permiso que le habilita para conducir y hacerse cargo de las costas del proceso.
Los hechos ocurrieron sobre las 20:36 horas del 24 de diciembre de 2020, cuando el culpable de los hechos conducía por la avenida Finisterre, un Honda Civic 5DR en sentido entrada a la ciudad a una velocidad muy superior a la autorizada en dicho tramo (50 km/hora).
Todo ello en una zona debidamente señalizada donde se acercaba progresivamente a las intersecciones con otras vías de abundante tráfico próximas ya al núcleo central del casco urbano. A la altura del número 275 de dicha avenida, dentro de un tramo de calzada que tenía la consideración de vía urbana situada la confluencia con la calle Gutemberg, circulaba el otro coche implicado, un Volkswagen Bora.
Violento impacto con arrastre durante 19 metros e impacto contra un poste
Este último turismo venía circulando en dirección opuesta a la del acusado, y, con intención de desviarse hacia la expresada calle, lo hacía por el carril izquierdo de los dos que existían en su sentido de marcha, tras lo cual se introdujo en el área de paso habilitada en la mediana para dicha
maniobra.
Según el escrito de calificación del caso, "la hora nocturna, la lluvia que caía en esos momentos y los destellos de la iluminación artificial existente en la zona impidieron al conductor ahora fallecido cerciorarse adecuadamente de si el vehículo del acusado, cuyos faros delanteros pudo ver acercarse desde el lado derecho de su posición, lo hacía a una velocidad ajustada a la permitida o, por el contrario, muy por encima de dicho límite".
El error fatal vino cuando el fallecido pensó que le daba tiempo a cruzar la vía, por lo que decidió adentrarse en los dos carriles de circulación correspondientes al sentido que llevaba el turismo del acusado.
Pocos metros antes de llegar a dicho punto de intersección, este último alcanzó una velocidad cifrada por los informes técnicos que con posterioridad elaboró la Policía Local en 124’99 km/hora (60km/h superior a lo permitido), y de ningún modo frenó al ver el Volkswagen Bora interponerse en su trayectoria.
Debido a esto y a las condiciones meteorológicas y de visibilidad de aquella noche, la colisión entre los dos vehículos resultó inevitable, embistiendo la parte frontal del Honda Civic el lateral derecho del vehículo del fallecido. Tras el violento impacto, el turismo del acusado arrastró durante unos 19 metros al Volkswagen Bora hasta hacerle superar el bordillo de la acera colindante y
estamparse contra un poste de alumbrado público.
Como consecuencia de la violenta colisión el conductor de 68 años sufrió múltiples y gravísimas heridas en las zonas craneal, torácica y abdominal-pélvica que determinaron su fallecimiento por
shock traumático sobre las 23:00 horas de ese día.
Junto a él, en el asiento delantero derecho, viajaba su esposa, M, de 67 años, la cual padeció, además de otras heridas menores, un traumatismo craneoencefálico con destrucción de los centros nerviosos superiores, el cual le provocó su muerte instantánea tras la colisión.
El matrimonio tenía dos hijos. En el otro turismo conducido por el ahora condenado, viajaban como ocupantes su pareja y su hijo de 15 años, que resultaron igualmente heridos por la colisión.
La mujer sufrió un hematoma y varios traumatismos que exigieron la práctica de una intervención quirúrgica urgente. El menor padeció escoriaciones y contusiones y ahora su progenitora reclama el resarcimiento tanto por las lesiones temporales como por las secuelas padecidas.
En concepto de responsabilidad civil, se pide por parte de la Fiscalía que el acusado indemnice a los hijos de los fallecidos con 41.766 euros a cada uno por el perjuicio personal básico derivado de la muerte de sus dos progenitores y con 7.309’05 euros, también a cada uno, como perjuicio personal particular por la coincidencia de dichas muertes en un mismo suceso.