El abogado Manuel Requena y varios billetes de euro.

El abogado Manuel Requena y varios billetes de euro.

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Manuel Requena, sobre las transferencias entre familiares: "Si quieres evitar impuestos, haz un contrato privado"

El abogado advierte de que solo hay una forma legal para que Hacienda no reconozca esa transferencia como donación y es poco utilizada en España.

Más información: David, sobre las donaciones de padres a hijos: "Si se trata de la vivienda habitual, a partir de los 65 años no se pagan impuestos"

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Las ayudas de dinero de padres a hijos, entre hermanos o con cualquier otro familiar son una realidad común en la gran mayoría de familias en España. Una situación frecuente que puede venir motivada por todo tipo de circunstancias familiares pero que no deja de ser una donación de dinero, ya que se trata de una transmisión gratuita de bienes y derechos.

Y ante toda donación, por muy buena voluntad con la que se dé, Hacienda interpreta que hay que tributar por ella. De hecho, de no ser así, los involucrados en esa donación pueden exponerse a elevadas multas por el incumplimiento de la ley.

Hay que recordar que según la Ley 10/2010, del 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales, para que no salten las "alarmas" de Hacienda esa cantidad no debería superar los 6.000 euros. Sin embargo, más allá de esa cifra, la realidad es que todas las entidades tienen la obligación de informar a Hacienda cuando las operaciones superan los 3.000 euros y eso unido al Impuesto de Sucesiones y Donaciones al que están sujetas todas las transferencias entre familiares.

Precisamente para evitar ese mayor pago de impuestos al dejarle dinero a un familiar, el abogado con más de 30 años de experiencia, Manuel Requena, explica en uno de sus vídeos una maniobra legal y mucho más beneficiosa fiscalmente: la donación con escritura entre familiares.

"Si alguna vez le diste dinero a un familiar sin firmar nada pues enhorabuena porque tienes un problema con Hacienda", comienza advirtiendo el experto. "Imagina que le prestas dinero a tu hermano, se lo mandas por transferencia y asunto arreglado. Nadie firma nada, nadie piensa en nada, hasta que meses después te llega una carta de Hacienda preguntando".

@manuelrqna

💸 ¿Le has prestado dinero a un familiar sin firmar nada? Puede parecer un simple favor… pero para Hacienda no lo es. Si no dejas bien documentado ese movimiento, te pueden considerar una donación encubierta y meterte un susto serio. En este vídeo te explico qué documento necesitas, cómo dejarlo todo protegido y cómo evitar que Hacienda lo convierta en un problema. Si quieres evitar errores caros con préstamos familiares, guarda este vídeo y revísalo hoy. Porque lo que ahora parece un detalle… mañana puede costarte dinero. . . .

♬ sonido original - Manuel Requena | Abogado

Un aparentemente "favor" que puede acabar por convertirse en un verdadero quebradero de cabeza para ambos: "Para Hacienda tiene otro nombre que se llama donación y las donaciones pagan impuestos. Sobre todo si no se puede aplicar ningún tipo de bonificación precisamente porque al no existir ningún contrato o escritura entre las partes, Hacienda entiende que no fue una donación formalizada correctamente", asegura.

Como advierte el abogado, "la única forma de evitar que te imputen una donación es muy sencilla" y consiste en realizar un contrato privado de préstamo entre particulares. "Tan fácil como poner la fecha, cuánto dinero prestas, cómo te van a devolver el préstamo y aclaras que no hay intereses", detalla.

Un documento que deberá ir firmado por las dos partes, tras lo que podrá realizarse la transferencia y presentar el modelo 600 como exento en la oficina liquidadora de Hacienda. "Con ese combo Hacienda ya no te puede decir que es una donación", asegura el experto.

"Revisa cualquier préstamo que hayas hecho a un familiar. Si no está en regla todavía, pues aún estás a tiempo de evitar un susto con Hacienda", concluye.

Por tanto, cuando se trata de ayudar económicamente a un familiar y aunque la intención sea buena, es importante que esa operación se documente adecuadamente para evitar futuras consecuencias fiscales importantes. Formalizar por escrito el préstamo, presentarlo ante Hacienda y dejar constancia de que no hay ánimo de donación como recomienda el abogado, no solo evita sanciones, sino que también protege a ambas partes.

Qué es un contrato de préstamo

Un contrato de préstamo entre particulares es, en esencia, un acuerdo entre dos personas (sin bancos ni entidades financieras de por medio) en el que una le entrega a la otra una cantidad de dinero con el compromiso de que lo devolverá en un plazo determinado.

Este tipo de acuerdos pueden incluir intereses o no, pactarse para devolver todo el dinero de golpe o en varios pagos y adaptarse a diferentes condiciones según lo que acuerden ambas partes,

Aunque la ley no obliga a ponerlo por escrito, sí es muy recomendable hacerlo como explica el abogado. ¿La razón? Además de aportar seguridad jurídica, sirve como prueba frente a Hacienda en caso de que el préstamo supere ciertos importes o se revise el origen del dinero.

Qué no puede faltar

Para que este tipo de préstamo no genere problemas legales ni fiscales, es importante dejar todo bien claro. Entre los elementos básicos que conviene incluir no puede faltar la identificación de ambas partes con nombres completos, DNI y domicilio.

Además, también es importante especificar la cantidad prestada y cómo se entrega (en efectivo o por transferencia, en una sola vez o en varios plazos). Esto servirá para dejar constancia del movimiento. Lo ideal también es fijar las condiciones de devolución y la fecha para la devolución total o establecer un calendario de pagos.

Si el préstamo no genera intereses, también es importante dejarlo claro. En el caso de que los haya, es fundamental detallar el porcentaje, cómo se calculan y cuándo se pagan.

Aunque nadie lo desee, es conveniente incluir una cláusula que indique que, en caso de incumplimiento se podrá reclamar el dinero por vía legal. Por último, el acuerdo deberá cerrarse con la fecha y la firma de ambas partes. Solo de esta forma se considera que sí hay un compromiso formal.