Pareja revisando papeles y el abogado Manuel Requena.

Pareja revisando papeles y el abogado Manuel Requena.

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Manuel, experto en herencias: "Hay una forma de heredar sin pagar nada de tu bolsillo y pocos la conocen"

El experto señala una de las maniobras legales más efectivas y menos conocidas para no adelantar de tu bolsillo el Impuesto de Sucesiones.

Más información: Cristina, notaria, sobre las herencias entre hermanos: "Hay 6 meses para el impuesto de sucesiones y 30 años para aceptarla"

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Cada año se hacen en España más de 570.000 testamentos, pero lo cierto es que solo una pequeña parte de la población (apenas un 15 %) deja por escrito cómo quiere que se repartan sus bienes tras su fallecimiento. Y es que, el testamento sigue siendo un trámite que muchos españoles atrasan o directamente ignoran.

Sin embargo, incluso cuando todo queda bien atado, los herederos deben enfrentarse a otra dificultad que a menudo genera auténticos quebraderos de cabeza: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Un impuesto que grava cualquier ganancia patrimonial que se reciba sin contraprestación económica, como es el caso de herencias, legados o donaciones.

"Se produce cuando hay una transmisión de bienes y/o derechos de una persona física a otra, en este caso 'mortis causa' (por causa de muerte) y a título gratuito", explican desde BBVA. Sin embargo, existen ciertas maniobras que pueden aliviar esta carga fiscal.

Una de ellas la explica el abogado Manuel Requena en uno de sus vídeos de TikTok, donde ofrece claves para reducir el impacto del impuesto sin salirte de la legalidad. "Existe una forma de recibir una herencia sin pagar nada de tu bolsillo", asegura.

El principal problema, según detalla, es que "cuando heredas, lo primero que te piden es pagar el impuesto de sucesiones, pero muchas veces ni siquiera puedes tocar el dinero del fallecido hasta haber pagado ese impuesto". En otras palabras: Hacienda exige el pago antes de que el heredero pueda acceder a la herencia.

@manuelrqna

¿Sabías que el impuesto de sucesiones puede pagarse con el dinero del fallecido sin que adelantes ni un euro de tu bolsillo? El artículo 80.3 del Reglamento del Impuesto de Sucesiones y Donaciones permite que los bancos entreguen directamente el dinero necesario para pagar el impuesto desde la cuenta del fallecido, siempre que presentes la documentación que acredita que eres heredero. Es un mecanismo totalmente legal que evita renuncias innecesarias y problemas de liquidez en las herencias. Si estás tramitando una herencia y no puedes adelantar el impuesto, este vídeo te va a evitar un susto. . . .

♬ sonido original - Manuel Requena | Abogado

Lo que muchos desconocen, explica Requena, es que "la ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones permite pagar ese impuesto usando el dinero del fallecido". ¿Cómo? Muy sencillo: "Solo tienes que presentar la documentación que te acredite como heredero: el certificado de defunción, el testamento, DNI, la aceptación de la herencia, la liquidación del impuesto y pedir al banco que emita el pago directamente a Hacienda".

Así, el importe del impuesto sale directamente de la cuenta del fallecido y no del bolsillo del heredero. Y además, hay otra medida legal que ofrece una capa extra de protección: "Si aceptas la herencia a beneficio de inventario, las deudas que el fallecido pudiera tener nunca se pagan con tu patrimonio personal. No cuesta nada y puede ahorrarte mucho dinero", concluye.

Pasos para tramitar una herencia

Tramitar una herencia puede parecer un proceso abrumador, pero seguir los pasos adecuados ayuda a evitar errores legales que, en algunos casos, pueden acarrear sanciones o la pérdida de derechos.

Lo primero es obtener el certificado de defunción y el de últimas voluntades, que indica si existe testamento y ante qué notaría. Si lo hay, se solicita una copia autorizada del testamento. Con esa documentación, junto al DNI del heredero, se puede proceder a la aceptación de la herencia, que puede hacerse ante notario o de forma tácita.

A partir de ahí, hay que liquidar el Impuesto de Sucesiones dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento y, una vez hecho el pago, inscribir los bienes en el Registro de la Propiedad. Aunque muchos gestionan estos trámites por su cuenta, contar con asesoramiento legal puede evitar futuros problemas y facilitar la toma de decisiones clave, como aceptar la herencia a beneficio de inventario.