Una madre feliz con su hijo en brazos y la abogada Carmen Núñez.

Una madre feliz con su hijo en brazos y la abogada Carmen Núñez.

Relaciones

Una abogada, sobre solicitar la custodia compartida: "Después de 10 años, necesitas un plan de parentalidad"

La abogada advierte que en muchos casos es esencial acreditar cambios reales en las circunstancias y con un plan de parentalidad claro.

Más información: Una jubilada pierde su pensión por tener empadronado a su hijo en casa: "Es una injusticia tener que devolver 22.918 €"

Publicada

En España, la custodia compartida se concede aproximadamente en el 49,7 % de los casos de divorcio o separación con hijos, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Esto significa que, en casi la mitad de las rupturas, ambos progenitores comparten la responsabilidad. Una cifra que no ha dejado de aumentar en los últimos años, alejándose cada vez más del porcentaje de custodias exclusivamente maternas, que representa aproximadamente un 46,6 %.

La custodia monoparental, en la que solo uno de los progenitores asume legalmente el cuidado diario del menor, ha perdido peso en España. En estos casos, salvo que un acuerdo o sentencia indique lo contrario, el progenitor custodio tiene derecho a permanecer en el domicilio familiar y a percibir y gestionar la pensión de alimentos establecida por los hijos.

Por su parte, el progenitor no custodio (el que no tiene la custodia), debe abonar dicha pensión, además de conservar el derecho a comunicarse con los menores, visitarlos y recibir información sobre su situación. Este tipo de custodia exclusiva puede haberse concedido en función del interés del menor o de los criterios que el juez considere más beneficiosos para su bienestar.

Pero ¿es posible modificar este tipo de custodia una vez pasada la separación? A esta pregunta responde la abogada especializada en Derecho Civil, Carmen Núñez Navarrete, a través de uno de los vídeos compartidos en TikTok del despacho Justicia Abogados. Su respuesta es clara: el tiempo transcurrido no es lo determinante, sino si han cambiado o no las circunstancias desde que se firmó el convenio o se dictó la sentencia inicial.

"¿Después de 10 años separados se puede pedir la custodia compartida? No importa tanto el tiempo que pase desde que se haya dictado la sentencia o se haya firmado el convenio, sino si hay o no un cambio en las circunstancias", explica. Es decir, lo relevante es si han variado elementos clave que puedan justificar una nueva situación más favorable para el menor.

@justicia_abogados Respuesta a @armandobroncas305 GUARDA Y CUSTODIA HIJOS #divorcio #hijos #fyp #parati #foryou #padres #abogados ♬ sonido original - Justicia Abogados

La letrada pone un ejemplo: "Imaginemos que antes se dictó una guarda y custodia exclusiva porque cada progenitor vivía en un domicilio y ahora resulta que uno de los progenitores se ha mudado más cerca. Pues eso es un cambio significativo en las circunstancias".

Entre los factores que se pueden tener en cuenta figuran la disponibilidad laboral, la proximidad del domicilio, la relación entre los progenitores (que al menos no sea conflictiva), y también el cumplimiento de las obligaciones durante el periodo anterior.

"Algo que se tiene muy en cuenta es que se haya cumplido siempre con los deberes de pensión de visita y de alimento durante todo el tiempo de la guarda y custodia exclusiva. Quiere decir que tiempo atrás hemos cumplido con todo y somos responsables y que realmente podemos hacernos cargo de esa custodia compartida", asegura.

Además, la abogada recomienda que, en estos casos, se acompañe la demanda con un documento detallado: "Más adecuado en estos supuestos, es cuando se interpone la demanda de modificación de medidas, acompañar un plan de parentalidad. Es decir exactamente cómo vamos a ejercer esa guarda y custodia compartida".

Eso sí, si no hay cambios relevantes, las medidas no suelen modificarse: "Si no hay ningún cambio en las circunstancias pues normalmente no se podrán modificar las medidas". Y añade un último aspecto clave: "Muy importante lo que diga el menor, ya sabemos que se le puede escuchar en juicio aunque no sea vinculante para el juez".

Para qué sirve el plan de parentalidad

Aunque no es obligatorio en todos los casos, el plan de parentalidad es un documento clave para establecer un marco común de crianza entre ambos progenitores. Su objetivo es definir con claridad cómo de organizará la vida cotidiana de los hijos, más allá de lo pactado en el convenio regulador.

Al detallar responsabilidades y rutinas, se evitan malentendidos y se proporciona mayor estabilidad emocional a los menores, algo especialmente relevante en casos de custodia compartida.

Qué debe incluir

Este plan permite regular aspectos esenciales relacionados con la guarda y custodia, la educación, la salud, las actividades extraescolares, los cambios de domicilio y la comunicación entre los padres. Debe incluir:

  • Justificación del cambio: explicar por qué se solicita ahora la custodia compartida y qué ha cambiado
  • Disponibilidad laboral: detallar horarios y cómo se organizarán para atender a los hijos.
  • Condiciones de vivienda: acreditar que es adecuada para los menores, con espacios propios.
  • Cercanía al entorno: demostrar la proximidad al colegio, amistades y actividades habituales.
  • Calendario detallado: proponer un régimen de estancias y vacaciones claro.
  • Red de apoyo familiar: especificar a quién recurrir en caso de necesidad.
  • Beneficios para los hijos: justificar cómo la custodia compartida mejora su bienestar.

Presentar un plan de parentalidad bien estructurado no solo facilita el proceso judicial en estos casos, sino que refuerza el compromiso de ambos progenitores con el bienestar del menor y demuestra la viabilidad real de una custodia compartida.