Las criptomonedas, uno de los activos digitales más complejos de gestionar en caso de que no se deje todo previsto.

Las criptomonedas, uno de los activos digitales más complejos de gestionar en caso de que no se deje todo previsto. ArtistGNDphotography iStock

Qué hacer

Delia Rodríguez, abogada: "Para no perder patrimonio en la herencia virtual planificar pesa más que la ley"

Para evitar posibles conflictos e incertidumbres, conviene dejar atado todo lo relativo a estos bienes relacionados con la tecnología.

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Delia Rodríguez
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La evolución de la sociedad ha transformado nuestra realidad. Frente a lo que ocurría hace apenas unas décadas, hoy miles de mujeres lideran compañías, emprenden y consolidan un patrimonio propio fruto de su trabajo, su talento y sus decisiones.

De hecho, muchas desarrollan negocios íntegramente online, invierten a través de plataformas digitales, operan con banca electrónica, tienen monederos virtuales o poseen activos que únicamente existen en Internet.

Con todo, en muchos otros hogares todavía se comparte la gestión de esos recursos con la pareja y continúa siendo habitual que sea el marido quien centralice las principales decisiones sobre esas finanzas y disponga de la información necesaria para administrarlas, a veces desconocida para la otra parte.

Por esta razón, tan importante es proteger el patrimonio digital construido por una misma para garantizar su continuidad en las siguientes generaciones como asegurarse de que, si un día eres tú quien hereda esos activos, puedas disfrutar de ellos plenamente.

Tanto en uno como en otro supuesto, una adecuada planificación patrimonial y sucesoria puede marcar la diferencia entre preservar todo eso o perderlo, aunque la singular naturaleza de estos bienes haga especialmente compleja esa labor.

Esa dificultad alcanza su máxima expresión en el caso de las criptomonedas, probablemente el activo digital que plantea mayores problemas.

Al contrario que en una cuenta bancaria, en este caso no existe ninguna entidad a la que acudir para recuperar los fondos, ya que el acceso depende exclusivamente de una clave privada o seed phrase (una secuencia de entre 12 y 24 palabras).

La planificación resulta clave para evitar problemas relacionados con el entorno digital tras la muerte.

La planificación resulta clave para evitar problemas relacionados con el entorno digital tras la muerte. Jacob Wackerhausen iStock

Y es ahí donde se manifiesta una de las mayores paradojas de la herencia virtual. Puede acreditarse que ese patrimonio existe, incluso puede llegar a formar parte del caudal hereditario y generar ciertas obligaciones fiscales, pero, al mismo tiempo, resultar completamente imposible disponer de él si nadie dejó a buen recaudo esa contraseña.

No obstante, la realidad es que pocas mujeres incorporan estos elementos a su testamento y, cuando son ellas quienes los obtienen, no es infrecuente que desconozcan su existencia o carezcan de la información necesaria para recuperarlos. En consecuencia, muchos de estos bienes terminan quedando en el olvido tras el fallecimiento.

Por ello, resulta cada vez más importante anticiparse a estos riesgos. Identificar los recursos digitales, dejar constancia de su existencia y prever su gestión o transmisión evita que puedan perderse o quedar inaccesibles en el futuro.

Porque, igual que nadie dejaría al azar el destino de una vivienda o de una cuenta bancaria, tampoco debería descuidarse un patrimonio cuyo valor no deja de crecer.

Ahora bien, planificarlo correctamente exige partir de una idea fundamental: no todos los activos reciben el mismo tratamiento jurídico ni tienen la misma naturaleza. Esa diversidad suele dar paso a las primeras dudas.

Mientras que un saldo en una plataforma de inversión, una cartera de criptomonedas o un canal que genera ingresos por publicidad poseen un valor económico perfectamente identificable y, por tanto, forman parte de la herencia como cualquier otro bien, existen otros elementos que responden a una lógica diferente.

En este último ámbito cobran especial relevancia las llamadas voluntades digitales, que permiten prever el destino de fotografías, correos electrónicos, perfiles en redes sociales y otros contenidos personales tras el fallecimiento de su titular.

Se trata, en definitiva, de dos realidades estrechamente relacionadas, pero no idénticas, cuya adecuada preparación resulta esencial para evitar conflictos e incertidumbres.

Y aquí radica el verdadero problema. En España no existe una regulación específica sobre la sucesión de estos activos y esa ausencia de un marco normativo propio, unida a la falta de planificación por parte del titular, acaba generando muchas dificultades y cuestiones sin resolver a las que deben enfrentarse los herederos.

Aun así, en los últimos años se han ido dando algunos pasos para tratar de paliar este vacío normativo, aunque de forma indirecta.

Uno de ellos ha llegado de la mano de la legislación sobre protección de datos, que permite a los sucesores legales y, en determinados supuestos, a personas vinculadas a la fallecida, dirigirse a las plataformas para acceder, rectificar o suprimir su información, así como transmitir instrucciones sobre su destino.

A este avance se suma la creación, en Cataluña, del registro de voluntades digitales, que permite dejar constancia de los activos y cuentas de este tipo, así como de las instrucciones para su gestión tras el fallecimiento, sin necesidad de incluirlas en un testamento tradicional.

Todo ello pone de manifiesto que, en este contexto, la planificación pesa más que la propia ley. No hace falta ser una experta en tecnología para dejar las cosas razonablemente ordenadas; basta con adoptar unas mínimas precauciones que faciliten la labor posterior.

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En cuestión de herencia y patrimonio digital, piensa en la sabiduría popular: "Más vale prevenir que curar" Foto de LinkedIn Sales Solutions en Unsplash

El primer paso para cualquier mujer que haya construido un patrimonio digital consiste en dejar claramente establecido cómo debe repartirse y quién debe recibir cada uno de los bienes de esta naturaleza cuando ya no esté, del mismo modo que se haría con cualquier otro elemento.

Asimismo, cuando seas tú la heredera, es vital asegurarte de que existe esa organización previa que te permita conocer su existencia y acceder a ello, evitando que algo que legítimamente te corresponde quede fuera de tu alcance.

A partir de ahí, resulta igualmente esencial gestionar y conservar de forma segura la información necesaria para acceder a ese patrimonio. Las contraseñas y las claves privadas de los monederos deben conservarse en un lugar seguro, pero nunca incorporarse al testamento —existen mecanismos más discretos y seguros—, ya que este documento puede llegar a ser accesible tras el fallecimiento.

También conviene elaborar un inventario actualizado de todos estos activos y conservar la documentación fiscal relacionada, incluidas las declaraciones tributarias anteriores y cualquier obligación pendiente.

Sin embargo, si hay una medida que realmente puede marcar la diferencia, es designar un albacea digital.

Se trata de una persona de confianza encargada de gestionar todo lo relacionado con las cuentas tras la muerte, facilitando su acceso, transmisión o cierre cuando sea necesario. Puede coincidir o no con el albacea tradicional, pero su designación ayuda a evitar la pérdida de parte de este patrimonio.

En resumidas cuentas, planificar esta herencia ya no es una cuestión de previsión tecnológica, sino de responsabilidad.

Si se trata de un elemento que no puede encontrarse o al que nadie puede acceder, deja de cumplir la función para la que fue creado. Y, en un mundo cada vez más digitalizado, esa diferencia depende, casi siempre, de una decisión tomada a tiempo.

Infórmate y protégete. Mañana lo agradecerás.

Delia Rodríguez

Abogada especializada en Derecho de Familia, Infancia y Planificación Patrimonial, colegiada en ejercicio por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y mediadora civil y familiar. Es CEO de Vestalia Abogados.