Los padres pueden reclamar sus complementos.

Los padres pueden reclamar sus complementos. iStock

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¿Es discriminatorio el complemento de brecha de género de las pensiones? El experto aclara todas las dudas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea entiende que favorece a las madres, pues ellas lo reciben de manera automática.

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Manuel Martínez Mercado
Publicada

El pasado 15 de mayo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una importante sentencia en la que declara que el complemento de brecha de género de las pensiones en España sigue siendo discriminatorio, a pesar de las reformas puestas en funcionamiento.

Entiende que aún existen pautas que favorecen a las madres en detrimento de los padres, lo que se opone a la normativa europea de igualdad de trato, suponiendo una "clara disparidad en el tratamiento de hombres y mujeres en el ámbito de la seguridad social”.

El pronunciamiento surge a raíz de dos cuestiones prejudiciales planteadas por instancias judiciales españolas respecto a la compatibilidad de la actual redacción del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social con la directiva de la UE que promueve la igualdad de género en ámbitos laborales y de pensiones.

El mencionado complemento, creado en 2016, beneficiaba únicamente a las madres de dos o más hijos, lo que llevó a la anulación de su legalidad en diciembre de 2019 por el TJUE, debido a su carácter discriminatorio. Posteriormente, el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, lo modificó, permitiendo también que ellos pudieran optar a este apoyo financiero a partir del primer hijo.

La Sentencia ha destacado que las condiciones exigidas a los padres para beneficiarse de esto son más restrictivas en comparación con las impuestas a las madres: unas lo reciben de forma automática, otros deben cumplir una serie de requisitos adicionales.

El Tribunal europeo señala que a causa de esto se establece una discriminación directa por razón de sexo. Si bien es cierto que la medida adoptada persigue corregir una desigualdad que afecta a las mujeres, determina que no se justifica una diferencia de trato tan marcada.

Alcance y efectos

Actualmente, las mujeres reciben este complemento automáticamente por el simple hecho de haber tenido hijos, mientras que los hombres deben acreditar que interrumpieron o vieron afectada su carrera profesional por la paternidad, además de cumplir exigencias adicionales. Esta diferencia es la que vulnera la igualdad de trato recogida en la normativa europea.

Es importante señalar que lo importante de la sentencia es que no niega que solo uno de los progenitores pueda cobrar el complemento. Se trata de un detalle esencial si tenemos en cuenta que las pensiones masculinas son un 31% más altas que las femeninas. La legislación establece que al solo poder recibirlo uno y prevalecer quien tiene la contraprestación más baja supone que en la mayoría de los casos lo recibirá la mujer.

Derivado de la sentencia, es importante determinar la situación en la que se van a encontrar los hombres a los que desde 2021 la actual legislación les ha denegado el cobro del complemento y que elimina la nueva sentencia. Obviamente, a partir de este momento serán muchos los que procederán a solicitar una revisión de su solicitud por si pudiera corresponderle.

Y ello se debe a que en tanto el Tribunal ve discriminatorio que se les exijan requisitos adicionales para el acceso al complemento por brecha de género, la reclamación en base a la nueva sentencia sería posible para cualquier varón al que se le haya denegado la prestación por no cumplir los requisitos adicionales señalados.

Conclusiones

Cuando actualmente aún sigue judicializándose el reconocimiento del derecho de los hombres, la decisión del TJUE ha vuelto a traer a la actualidad la necesidad de revisar y modificar las políticas y normas asociadas a estos suplementos en la pensión, en tanto se ha de perseguir, siempre, los principios de igualdad de género.

En todo caso, el Ministerio ya ha lanzado un mensaje de tranquilidad, asegurando que “los pensionistas que vinieran percibiendo el complemento van a seguir haciéndolo”. Añade, además, que la atención y el cuidado de los hijos van a seguir dando derecho al reconocimiento del complemento de brecha de género, y éste “debe seguir beneficiando mayoritariamente a las madres trabajadoras cuando accedan a sus pensiones”.