La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez.

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez. Europa Press

Interiorismo

El Gobierno cambia las normas: los propietarios con más de una vivienda vacía pagarán un 150% más en impuestos

La norma permite aplicar un recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles a aquellas viviendas que permanezcan vacías durante más de dos años.

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Acceder a una vivienda en España es una de las principales preocupaciones que comparten miles de familias en nuestro país.

Y es que, la subida constante en el precio del alquiler, la falta de oferta disponible en muchas ciudades y el crecimiento de las viviendas destinadas al uso turístico han complicado aún más esa búsqueda de una casa a un precio asequible.

Una situación que resulta especialmente llamativa si se tiene en cuenta que, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en España existen cerca de 3,8 millones de viviendas vacías. Una cifra que representa aproximadamente el 14,4 % de todo el parque residencial del país.

Con el objetivo precisamente de movilizar parte de estos inmuebles y aumentar la oferta disponible, la Ley de Vivienda aprobada en 2023 ha introducido nuevas herramientas para que los ayuntamientos puedan actuar sobre determinadas viviendas que permanezcan desocupadas durante largos periodos de tiempo.

Una de las medidas más destacadas es la posibilidad de aplicar incrementos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a algunos propietarios que mantengan viviendas vacías de forma continuada y sin una causa justificada.

Esta medida, incluida en la Ley 12/2023, permite a los municipios establecer recargos sobre la cuota del impuesto en determinados supuestos. Sin embargo, no se trata de una aplicación automática en todo el territorio nacional, ya que cada ayuntamiento debe decidir si incorpora esta herramienta a su normativa fiscal municipal.

La ley considera susceptible de este recargo a determinadas viviendas de uso residencial que permanezcan desocupadas durante más de dos años de forma continuada y sin una justificación válida.

Quién puede verse afectado

Uno de los aspectos más importantes de la norma es que no afecta de forma general a cualquier propietario que disponga de una segunda vivienda.

La regulación establece que estos recargos pueden dirigirse a titulares de cuatro o más inmuebles de uso residencial cuando se cumplan las condiciones fijadas por cada ayuntamiento y se pueda acreditar que las viviendas permanecen vacías de forma permanente.

En cuanto a la cuantía, los municipios tienen la posibilidad de aplicar un incremento de hasta el 50 % sobre la cuota líquida del IBI. Si la vivienda lleva más de tres años desocupada, ese recargo puede elevarse hasta el 100 %.

Además, cuando el propietario acumula varias viviendas vacías dentro del mismo municipio, la penalización puede incrementarse todavía más. En los supuestos más extremos, el recargo total podría alcanzar hasta un 150 % de la cuota del impuesto.

Excepciones previstas por la ley

La normativa también contempla diversas situaciones en las que no se aplicará este incremento fiscal.

Por ejemplo, quedan excluidas las viviendas utilizadas como segunda residencia de forma ocasional o estacional, siempre que no permanezcan largos periodos completamente abandonadas.

Tampoco se penalizarán los inmuebles vacíos debido a traslados laborales, motivos de salud, situaciones de dependencia o circunstancias personales que justifiquen la falta de ocupación.

Además, la ley protege a los propietarios que tengan la vivienda en venta o en alquiler dentro de plazos considerados razonables, así como aquellos inmuebles que estén siendo objeto de obras de rehabilitación, presenten problemas estructurales o se encuentren inmersos en procedimientos judiciales relacionados con herencias o cuestiones de titularidad.

Aplicación según el municipio

Otro aspecto relevante es que la medida no se aplica de la misma forma en toda España. La decisión final depende de cada ayuntamiento, que debe aprobar una ordenanza específica para regular cómo se identifica una vivienda vacía y qué procedimiento se seguirá antes de imponer cualquier recargo.

Algunas ciudades han mostrado un mayor interés por utilizar esta herramienta para intentar aumentar la oferta residencial, mientras que otros municipios han optado por no implantarla al considerar que puede suponer una mayor presión fiscal para los propietarios.

Con esta medida, las administraciones buscan incentivar que más viviendas salgan al mercado de alquiler o venta en un momento en el que la escasez de oferta y el elevado precio de la vivienda continúan siendo uno de los principales problemas para muchas familias españolas.