La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.
Ya está en vigor: "Los trabajadores disponen de un día de permiso pagado cuando cambien su domicilio habitual"
El Estatuto de los Trabajadores reconoce este derecho para ausentarse durante una jornada sin perder parte del salario.
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Cambiar de vivienda implica mucho más que trasladar cajas de un lugar a otro. Organizar la mudanza, gestionar suministros o dejar preparada la nueva casa requiere tiempo y puede resultar difícil de compaginar con una jornada laboral completa.
Precisamente por ello, la legislación española contempla un permiso específico para los trabajadores que cambien su domicilio habitual, permitiéndoles ausentarse del trabajo sin que ese día suponga una pérdida de salario.
Este derecho aparece recogido en el Estatuto de los Trabajadores y permite disponer de un día de permiso retribuido por mudanza. Para disfrutarlo será necesario avisar previamente a la empresa y poder justificar el traslado.
Se trata de uno de los diferentes permisos laborales que permiten faltar al puesto de trabajo en determinadas circunstancias personales o familiares manteniendo la remuneración correspondiente.
Conocerlos resulta especialmente importante para saber cuándo una ausencia está respaldada por la legislación y evitar posibles problemas o malentendidos con la empresa. De hecho, el propio Estatuto establece que "la persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración" cuando se produzcan determinados supuestos previstos por la normativa.
Un día libre por mudanza
Uno de ellos es precisamente el cambio de residencia. El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores reconoce "un día por traslado del domicilio habitual", por lo que esa jornada puede dedicarse a organizar la mudanza sin dejar de cobrar el salario correspondiente.
Eso sí, no basta simplemente con ausentarse del trabajo. El empleado deberá comunicar previamente a la empresa que va a utilizar este permiso y presentar la documentación necesaria para acreditar que realmente existe un cambio de domicilio.
Más permisos retribuidos
La mudanza no es la única situación personal para la que la legislación permite ausentarse del trabajo cobrando el salario. El Estatuto contempla otros permisos destinados a afrontar determinados acontecimientos familiares.
Entre ellos aparecen 15 días naturales por matrimonio o registro como pareja de hecho y cinco días en determinados casos de enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares.
También se reconocen dos días por el fallecimiento de determinados familiares. Este periodo puede ampliarse cuando el trabajador tenga que desplazarse para afrontar esta situación.