La terraza de un bar.

La terraza de un bar. E.E.

Estilo de vida

España endurece las normas: bares y restaurantes estarán obligados a controlar el ruido con sensores en sus terrazas

La nueva ordenanza permitirá reducir horarios, imponer sanciones y limitar terrazas en las zonas más saturadas y ruidosas.

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Cuando llega el buen tiempo, son muchos los ciudadanos que disfrutan de las terrazas de bares y restaurantes por toda España, momentos que sirven para relajarse en compañía de familiares y amigos para tomar una cerveza, almorzar o cenar.

Disfrutar de las terrazas al aire libre es algo habitual en nuestro país, pero ahora todo puede cambiar después de que se hayan endurecido las normas para bares y restaurantes, estando estos obligados a controlar el ruido con sensores en sus terrazas.

En el caso de Madrid, con la entrada en vigor el 1 de enero de 2026 de la nueva Ordenanza de Terrazas, se produce un cambio importante en la gestión del espacio público, con una normativa que deroga íntegramente la anterior regulación de 2013.

Sui objetivo es el de armonizar la potencia económica del sector hostelero con la defensa del derecho fundamental de los ciudadanos a disfrutar de un entorno saludable. El texto normativo ha puesto el foco, entre otros, en la protección acústica de los usuarios.

Blindaje acústico en las terrazas

La nueva ordenanza ha establecido puntos estrictos con respecto a la regulación técnica del mobiliario y los equipos que se pueden utilizar en las terrazas para tratar de reducir la contaminación acústica.

Con la nueva norma no solo se prohíbe el uso de cualquier sistema de amplificación sonora o audiovisual, sino que obliga a realizar ciertas intervenciones sobre el mobiliario, respondiendo de esta manera a una de las quejas más comunes entre los vecinos.

Se trata del ruido de arrastre que provocan los apoyos de mesas, sillas y taburetes, que deben contar con protecciones específicas para evitar que, al moverlas de un lugar a otro y colocarlas, realmente puedan originar malestar entre los vecinos de su alrededor.

Por otro lado, también se imponen estrictos protocolos para el montaje y desmontaje de la instalación, lo que provoca que los hosteleros tengan que adoptar una serie de precauciones al manejar los elementos para reducir el impacto sonoro.

En resumen, la normativa actual establece que el mobiliario debe contar con protecciones acústicas o fundas fonoabsorbentes eficaces con el fin de minimizar las molestias por ruidos. Igualmente, no se permite la instalación de equipos de reproducción o amplificación sonora, incluido el hilo musical y las actuaciones en directo.

Asimismo, los propietarios de bares y restaurantes tendrán que asegurarse de poner en marcha las medidas y precauciones oportunas durante el montaje, desmontaje y manejo del mobiliario para reducir la contaminación acústica provocada por impactos, arrastres o desplazamientos.

En el texto se insiste de forma expresa en que el titular del establecimiento tiene responsabilidad sobre el nivel de ruido generado, el comportamiento de los clientes en la terraza y la limpieza del espacio ocupado y su entorno inmediato.

Sensores para controlar el ruido

El endurecimiento de las normas ha llegado al punto de crear las denominadas zonas saturadas de terrazas y los estudios de ordenación conjunta, áreas que se delimitan basándose en criterios de alta ocupación y por afecciones medioambientales.

En estos entornos, el Ayuntamiento puede imponer distintas condiciones, entre las que se encuentran la obligatoriedad de instalar sensores de ruido en las terrazas para controlar el mismo.

Con el fin de proteger a los ciudadanos en estas zonas especialmente sensibles, como las proximidades a hospitales o residencias de mayores, el consistorio tiene la potestad para reducir los horarios de cierre incluso por debajo de la norma general, llegando incluso a fijarlos a las 23:00 horas si el impacto acústico generado así lo justifica.

Sanciones

Para asegurar que las nuevas medidas de control del ruido sean respetadas por parte de los hosteleros, el Ayuntamiento de Madrid ha establecido un régimen sancionador robusto en el que se clasifican las infracciones de leves a muy graves, con multas que pueden alcanzar los 3.000 euros.

En este sentido, la norma es especialmente severa con los reincidentes, de forma que cometer dos infracciones muy graves o tres en un periodo de dos años puede suponer la extinción definitiva de la autorización.

Igualmente, si el funcionamiento de la terraza provoca molestias graves a los vecinos como consecuencia de un incumplimiento reiterado de la normativa en materia acústica, la infracción pasará a ser clasificada automáticamente como muy grave, lo que permitirá al Ayuntamiento la retirada inmediata de las instalaciones.

Otros cambios importantes

Además de las nuevas normas relacionadas con el control del ruido y la contaminación acústica, hay otros cambios relevantes, comenzando por el control del espacio público, con terrazas que tendrán que respetar siempre un itinerario peatonal accesible y libre de obstáculos.

De esta forma, tendrán que garantizar el paso de peatones, personas con movilidad reducida y servicios de emergencia. Las terrazas no podrán invadir zonas de uso prioritario y el número de mesas autorizado deberá ajustarse estrictamente a lo indicado en la licencia.

La norma también pone fin de forma general a las terrazas extraordinarias que nacieron durante la pandemia. De esta forma, actualmente las terrazas en bandas de aparcamiento o calzada solo se permiten en casos excepcionales y bajo condiciones muy concretas.

Este tipo de autorizaciones pasa a tener un carácter temporal y revisable, y el Ayuntamiento recupera su potestad para retirar terrazas cuando entren en conflicto con el interés general o cambien las condiciones urbanas.

Por otro lado, la nueva ordenanza fija con mayor precisión los horarios de funcionamiento, que varían en función de los días laborales, fines de semana y festivos, dependiendo de la tipología de cada zona. Son más restrictivas para reducir el impacto acústico en zonas residenciales.