Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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Entra en vigor: la Seguridad social confirma que suprime el Ingreso Mínimo Vital a quienes no presenten la Renta en el plazo

El Ingreso Mínimo Vital en España ha aumentado un 11 % este 2026, situando la cuantía para una persona adulta que viva sola por encima de los 8.000 euros anuales.

Más información: Es oficial: se concede el Ingreso Mínimo Vital a los mayores de 23 años que vivan con sus padres y ganen menos de 733 €

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España es una de las ayudas más importantes de la Seguridad Social para prevenir la pobreza y la exclusión social. Una ayuda que reciben ya más de 3 millones de personas, según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Esta prestación económica que este 2026 ha subido un 11,4 % y garantiza una renta anual máxima de 8.803,20 euros anuales, pudiendo variar según el tipo de beneficiario, tiene como objetivo garantizar un nivel de ingresos en los hogares más vulnerables.

Al mismo tiempo ofrece una protección reforzada a colectivos especialmente sensibles, como la infancia o las personas con discapacidad. Una herramienta clave para cubrir necesidades básicas y favorecer la igualdad de oportunidades.

No obstante, para poder beneficiarse de esta ayuda es imprescindible cumplir una serie de requisitos administrativos, entre los que destaca la obligación de presentar correctamente la declaración anual de la Renta. Y es que, a diferencia de otros contribuyentes con rentas reducidas, quienes perciben esta prestación están obligados a presentar el IRPF cada año, incluso si apenas han tenido ingresos o nunca antes han realizado este trámite.

Esta exigencia permite a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social comprobar que se mantienen las condiciones económicas necesarias para seguir recibiendo la ayuda, así como recalcular su importe en función de posibles cambios en los ingresos o en la composición del hogar.

Consecuencias de no presentarla

No cumplir con esta obligación puede acarrear consecuencias importantes. En primer lugar, la ayuda podría suspenderse de forma temporal, dejando al beneficiario sin ese ingreso durante un tiempo. Pero si la situación se prolonga y no se presenta la declaración a lo largo de todo un año, la prestación puede llegar a extinguirse, obligando a iniciar de nuevo todo el proceso de solicitud para recuperarla o incluso pudiendo solicitar la devolución de las cantidades percibidas indebidamente.

Por este motivo, quienes reciben esta prestación deben prestar especial atención a la próxima campaña de la Renta de 2026, en la que declararán los ingresos correspondientes a 2025. El plazo para presentar la declaración arrancará el 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio, un período clave para mantener el derecho a la ayuda.

Conviene también tener en cuenta que, pese a tratarse de una prestación que no tributa, sí debe incluirse en la declaración. Ahora bien, hay un límite en el que solo será necesario pagar impuestos si lo que se recibe supera los 12.600 euros al año. En el caso de no llegar a esta cantidad, simplemente se declara, pero no tributa.

Esto suele ocurrir cuando, además del IMV, también se reciben otras ayudas, como algunas ayudas autonómicas o el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI). Al sumarlas, el total puede pasar ese límite y entonces sí tendría efectos fiscales.