El director general de Tráfico, Pere Navarro.

El director general de Tráfico, Pere Navarro.

Motor

España endurece las normas: si tu coche tiene más de 10 años, pueden retirarlo de la carretera al no cumplir este requisito

La DGT confirma que existe una relación entre la longevidad del vehículo implicado en un accidente y el estado de su inspección.

Más información: Entró en vigor: la normativa de Tráfico obliga a los conductores a pagar la factura de la ITV si se confirma esta infracción

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Según los últimos datos publicados por Anfac, la media del parque móvil español continúa envejeciendo hasta llegar a los 14,6 años de antigüedad, de ellos el 30% ya supera las dos décadas de longevidad.

Para todos aquellos que tengan un automóvil con 10 o más años el artículo 35 del Reglamento General de Vehículos establece varias cuestiones fundamentales.

Entre ellas se recalca que cualquier jefatura de Tráfico puede acordar la baja definitiva de oficio, basándose para ello, en la presunción de que el ejemplar ha desaparecido, o que ya no circula.

Transportador de camiones.

Transportador de camiones. Istock

Para que se pueda aplicar esta medida automática y se retire el transporte de la circulación, el coche debe haber pasado los últimos 10 años sin haber cumplido simultáneamente con dos condiciones legales obligatorias.

La primera de ellas es no haber cumplido con las exigencias relacionadas con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), es decir no haberla pasado en esos años.

Y la segunda es no contar con el seguro de responsabilidad civil obligatorio en España.

Cuando se tramita esta baja, el permiso o licencia de circulación pierde su vigencia legal. Y es que la normativa no deja nada a la imaginación sobre las consecuencias.

Si se cancela por parte de la administración pero el titular del vehículo se niega a entregar el permiso de circulación, las autoridades ordenarán el precinto.

A ello se suma que si el coche es detectado en la vía pública circulando o manteniendo su autorización administrativa en vigor se procederá a inmovilizarlo.

Sin embargo, esta retirada deja una puerta abierta y es cuando se decida arreglar y quitar los desperfectos del automóvil, para que este pueda volver a tener al día las condiciones legales necesarias.

Para ello se debe solicitar el permiso a la Jefatura de Tráfico. Un requisito indispensable si se quiere volver a conducirlo es que se supere una nueva ITV y que este lo declare apto para circular.

También existen otras situaciones en las que se puede ordenar la retirada sin que el dueño lo pida, como en aquellos casos en los que un coche haya sido abandonado por su titular, la norma autoriza que se proceda a su desguace.

O en aquellas situaciones en las que exista un informe previo del órgano competente de industria, que acredite que un vehículo supone un verdadero peligro para sus ocupantes, o para la seguridad vial, ya sea por su desgaste o deterioro en ciertos elementos.

Y es que la Dirección General de Tráfico (DGT) afirma que en 2021 el 40 % de los ejemplares que deberían haber pasado por la ITV no lo hicieron, algo que se ve relacionado con que, como confirman "existe una relación entre la antigüedad del modelo implicado en el accidente y el estado de su inspección técnica".