Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social.

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social. Imagen de archivo

Economía

Es oficial: el trabajador puede pedir un anticipo de su sueldo antes de que finalice el mes

El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores establece este derecho. El primer paso es consultar el convenio colectivo aplicable.

Más información: La empresa debe avisar al trabajador de un cambio de horario con 5 días de antelación

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Las claves

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El Estatuto de los Trabajadores permite a cualquier empleado solicitar un anticipo de su sueldo por los días ya trabajados del mes.

La empresa debe conceder el adelanto solicitado, siempre que corresponda a salario ya generado y no a periodos futuros.

El anticipo no genera intereses ni costes para el trabajador, y la cantidad adelantada se descuenta de la nómina mensual.

La solicitud puede hacerse de forma verbal o escrita, siendo preferible dejar constancia formal, y debe presentarse ante Recursos Humanos o el departamento de nóminas.

El Estatuto de los Trabajadores reconoce varios derechos que protegen a los empleados en España, y uno de los menos conocidos es el de solicitar un anticipo de salario. Este derecho permite a cualquier persona trabajadora pedir una parte del sueldo correspondiente a los días ya trabajados del mes en curso, sin necesidad de esperar al pago habitual.

El anticipo de nómina o de sueldo devengado consiste en recibir, antes de la fecha habitual de cobro, la parte proporcional del salario ya generado por los días trabajados. Por ejemplo, si el salario mensual se paga el día 30 y hoy es día 15, el trabajador puede pedir el dinero correspondiente a esos quince días de trabajo realizados.

El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores establece que “el trabajador tiene derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado”. En la práctica, esto implica que la empresa debe permitir el acceso a ese adelanto cuando se solicita por los días ya trabajados.

El primer paso es consultar el convenio colectivo aplicable, ya que algunos fijan límites, condiciones o una periodicidad concreta para este tipo de solicitudes.

A continuación, conviene calcular la cantidad que corresponde en función de los días efectivamente trabajados en el mes, ya sea sobre el salario bruto o neto proporcional.

La petición, aunque puede hacerse de forma verbal, es recomendable presentarla por escrito para que quede constancia formal.

Después, la solicitud debe dirigirse al área de Recursos Humanos o al departamento de nóminas, indicando el importe solicitado, la fecha y el periodo trabajado al que corresponde.

Una vez tramitada, la empresa realiza el ingreso del anticipo dentro de un plazo razonable. Esa cantidad se descuenta posteriormente de la nómina mensual.

Este tipo de adelanto no genera intereses ni supone coste adicional para el trabajador, aunque es importante tener en cuenta que solo puede solicitarse sobre trabajo ya realizado, no sobre salario futuro.

Si la empresa deniega la petición sin justificación, el trabajador puede iniciar una reclamación para hacer valer este derecho. Cada vez más compañías facilitan este proceso a través de plataformas digitales o portales del empleado, lo que agiliza la gestión.