Una imagen de Lina y de la casa donde ocurrieron los hechos.
Piden 48 años de cárcel para el hombre que mató y quemó a su pareja en Benalmádena delante de sus tres hijos
El mayor de los menores, de 11 años, dijo a los agentes nada más llegar: "Que no se entere, que me mata a mí también. Ha matado a mi madre. Le ha pegado fuego".
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Eran las cinco y doce de la madrugada del 9 de febrero de 2025 cuando el teléfono del 092 recibió una llamada para avisar de un incendio en una vivienda de Benalmádena. Tres minutos después, a las 5:15, entró una segunda llamada desde el mismo móvil. Quien avisaba no era un vecino ni un transeúnte: era, según sostiene la Fiscalía, Augustine, el hombre que minutos antes había entrado encapuchado en la casa, había estrangulado a su pareja, Lina Guillén, delante de sus tres hijos pequeños y había prendido fuego a la cama donde quedó su cuerpo inconsciente.
Cuando la primera dotación de la Policía Local llegó al domicilio, encontró al acusado caminando por la Calle Real, a escasos metros de su casa. Se dirigió a los agentes y, según recoge el escrito de acusación, les dijo seis palabras antes de seguir su camino: "Ahí dentro está la mujer". Después se alejó a pie y volvió a por su móvil.
Dentro de la vivienda, la víctima ya había muerto. Tenía tres hijos en común con el acusado, de once, nueve y siete años, y los tres estaban en la misma habitación. El mayor, de once años, se acercó a los policías en la puerta y les soltó, sin que nadie le preguntara, una frase que la Fiscalía considera clave del caso: "Por favor, que no se entere, que me mata a mí también. Ha matado a mi madre. Le ha pegado fuego". El niño ha sostenido esas mismas afirmaciones en su exploración judicial posterior en la sala Gesell.
Catorce meses después de aquella madrugada, el escrito de conclusiones provisionales firmado el pasado 8 de abril por la fiscal decana de Violencia sobre la Mujer de Málaga, Flor de Torres, ha puesto punto final a la instrucción del caso y ha fijado lo que la acusación pública llevará al juicio oral: nueve delitos, dos agravantes, parentesco y género, una petición principal de 25 años de prisión por asesinato con alevosía y otros 15 por incendio, y una suma total de penas que se eleva hasta situar al acusado, de confirmarse la condena, ante décadas de cárcel efectiva: 48 años y 8 meses.
Un patrón que empezó en 2008
El hombre al que la Fiscalía señala como autor de los hechos, de nacionalidad nigeriana y 43 años, mantenía desde 2008 una relación sentimental con la víctima, con quien tuvo a los tres hijos menores. La familia convivía en un domicilio de Benalmádena (Málaga). En la planta superior de la misma vivienda residía la madre de la víctima, y también un hijo mayor que ella había tenido de una relación anterior.
Los informes periciales, según la acusación, no han detectado en el investigado patologías médicas ni consumos que alterasen sus facultades cognitivas o volitivas. Es decir, para la Fiscalía, en el momento de los hechos, Augustine sabía lo que hacía.
El escrito describe un patrón que la acusación pública enmarca sin ambages en la violencia de género habitual. Desde el inicio de la relación, sostiene la fiscal, el acusado desplegó sobre su pareja conductas de control, aislamiento social, dominio y subordinación. La aisló no solo de su entorno social, sino también de su propia familia: la Fiscalía relata que intervenía activamente para que sus hijos no tuvieran relación con su hermano materno, el joven que vivía en la planta de arriba, y que llegó a agredirle por estar con los menores.
El relato se endurece cuando entra en el trato a los niños. Los tres pequeños, según la acusación, eran sometidos a "castigos exacerbados", con golpes de cinturón o con la mano. El mayor, de once años, se interponía físicamente entre su padre y sus hermanas para evitar daños mayores. A la madre, el acusado presuntamente la insultaba de forma reiterada en inglés:"puta", "guarra"... y la amenazaba con causarle daño, con matarla y con quitarle a los hijos.
Un mes antes del crimen ya había sucedido un episodio grave. La Fiscalía lo sitúa sobre la medianoche del 10 de enero de 2025. Tras una discusión, el acusado levantó la mano contra su pareja con intención de agredirla. Ella se refugió en otra habitación y llamó a la policía. Lina denunció. Fue registrada en el sistema VioGén de seguimiento de víctimas de violencia de género y dada de alta el 20 de enero. La policía catalogó el caso de "riesgo medio" con menores en situación vulnerable a su cargo, y le hacía seguimiento mediante llamadas periódicas, pero no le concedieron medidas cautelares. Veinte días después del alta, el acusado entró en la casa y la mató.
La Fiscalía reconstruye así el ataque de las cuatro de la madrugada del 9 de febrero: el acusado acudió a la vivienda amparado en la oscuridad y en la hora. Iba provisto, según la acusación, de una sudadera con capucha, un pasamontañas y un anillo tipo puño americano con forma de lobo y orejas puntiagudas. Entró en la habitación donde la víctima dormía junto a sus tres hijos.
Según el escrito, la agredió de forma sorpresiva, sin posibilidad de defensa. La cogió del cuello y la estranguló hasta dejarla inconsciente. El hijo mayor, el niño de once años, intentó intervenir para proteger a su madre y recibió un impacto con el arma que le causó un hematoma con dos puntos punzantes en un miembro superior, y otro hematoma en el brazo izquierdo. Las dos niñas pequeñas, de nueve y siete años, presenciaron toda la escena.
Con la víctima ya inconsciente sobre la cama, el acusado, siempre según la Fiscalía, esparció etanol por el dormitorio y prendió fuego. El foco del incendio fue el propio lecho. El colapso del techo abovedado de la estancia da idea de la intensidad del fuego. La víctima falleció por asfixia mecánica por estrangulamiento entre las cinco y las cinco y media. Cuando los bomberos rescataron su cuerpo, presentaba un 95 por ciento de combustión.
La rápida intervención de los bomberos evitó que el fuego se propagara a las viviendas colindantes y a la planta superior, donde dormían la madre y el hermano mayor de la víctima.
La acusación: asesinato, incendio y cinco delitos más
La Fiscalía califica los hechos como siete delitos diferenciados. El principal es un delito consumado de asesinato con alevosía en el ámbito de violencia de género, tipificado en los artículos 139.1 y 138.1 del Código Penal, por el que pide 25 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena. La alevosía (el ataque por sorpresa, de madrugada, contra una persona dormida y sin posibilidad de defensa) es el elemento que eleva el tipo penal de homicidio a asesinato.
A ese delito se suma uno de incendio, por el que solicita 15 años más, al considerar que el fuego se prendió intencionalmente con riesgo inminente de propagación a los menores que estaban dentro y al resto de residentes del edificio.
El escrito añade un delito de amenazas (20 meses), uno de coacciones (12 meses), uno leve continuado de vejaciones (30 días de localización permanente), uno de maltrato habitual (tres años) y tres delitos de malos tratos con la agravante de domicilio, uno por cada uno de los hijos menores, castigados con doce meses de prisión cada uno. Concurren, a juicio de la Fiscalía, además, las agravantes de parentesco y de género.
Los hijos, víctimas directas
Uno de los pilares del escrito es la consideración de los tres menores como víctimas directas y vicarias del delito. La Fiscalía pide la privación de la patria potestad durante el tiempo de condena, órdenes de alejamiento de 35 años respecto a los tres niños, extensivas a la abuela materna, cuidadora y conviviente de los menores, y la prohibición expresa de comunicación por cualquier medio. Estas medidas ya fueron adoptadas cautelarmente mediante auto del 11 de febrero de 2025, dos días después del crimen, y ampliadas el 17 de marzo.
En el apartado de responsabilidad civil, la acusación pública reclama 180.000 euros de indemnización para el padre de la víctima, cantidad que pide incrementar un 50 por ciento por el carácter doloso del delito. Para los cuatro hijos de la fallecida, los tres comunes más el hijo mayor de la anterior relación, solicita 111.193 euros por cabeza, también con el incremento del 50 por ciento en concepto de intereses legales.
El procedimiento se tramita como Tribunal del Jurado, lo que significa que los hechos no serán juzgados por magistrados profesionales sino por un jurado de nueve ciudadanos. El acusado permanece en prisión provisional por esta causa desde el 11 de febrero de 2025. La Fiscalía pide que el tiempo ya cumplido en preventiva se le abone de cara al cómputo total de la condena. Todavía no hay fecha señalada para la vista oral. Con el escrito de conclusiones provisionales ya presentado, el siguiente paso procesal corresponde a la defensa, que deberá formular su propia calificación antes de que el tribunal fije el juicio.