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Maltrata y viola a su pareja en Málaga como "castigo" por hablar con un vecino: "El segundo castigo será raparte"

El procesado pasará 13 años en prisión por agresión sexual y maltrato habitual y le impone además la prohibición de aproximarse a la víctima durante 15 años a una distancia no inferior a 500 metros.

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha puesto negro sobre blanco una historia de violencia de género. El alto tribunal ha condenado a trece años de prisión a un hombre por maltratar de forma habitual y violar a su pareja en el domicilio familiar de Málaga capital, en un episodio que el propio acusado presentó como un “castigo” por haberla visto hablar con un vecino.

Según recoge la sentencia, los hechos ocurrieron en octubre de 2022. Tras recriminarle que se hubiera detenido a charlar en la calle, el hombre esgrimió un cuchillo, la agredió sexualmente y la sometió a una nueva humillación verbal después del ataque: “Este ha sido el primer castigo por haberte parado con ese. El segundo castigo es raparte el pelo”, llegó a decirle.

Se considera probado que la violencia no fue un hecho aislado, sino la culminación de una relación marcada por el control, el desprecio y el maltrato. El acusado y la víctima mantenían una relación sentimental desde hacía tres años, tenían un hijo en común y convivían desde hacía dos en una vivienda de la capital malagueña. En ese contexto, el tribunal describe un comportamiento reiterado de trato degradante y vejatorio, con bofetadas, patadas y puñetazos, así como insultos constantes dirigidos a menoscabar la integridad física y psíquica de la mujer.

Las agresiones se intensificaron entre mayo y principios de octubre de 2022. Durante ese periodo, además de los golpes, el procesado llegó a lanzar un zapato que impactó en la cabeza de la víctima y, en otra ocasión, unas tijeras dirigidas al rostro que ella logró esquivar, aunque acabaron golpeándole en el brazo izquierdo.

Como consecuencia de estos episodios, la mujer sufrió múltiples lesiones, entre ellas arañazos en la cara, un hematoma en el ojo izquierdo, heridas en el labio superior y diversas contusiones en la espalda.

El TSJA condena al acusado, natural de Nador (Marruecos), por los delitos de agresión sexual y maltrato habitual. Además de la pena de prisión, le impone la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante 15 años, manteniendo una distancia mínima de 500 metros de su persona, su domicilio o su lugar de trabajo. Una vez cumplida la condena, deberá someterse también a una medida de libertad vigilada durante siete años.