Vista de la Ciudad de la Justicia en Málaga.
Una malagueña con esclerosis vence a la Seguridad Social: la Justicia le reconoce la incapacidad absoluta
El tribunal insta al organismo estatal a restablecer el pago de la prestación económica desde marzo de 2024 y reconoce que no se ha acreditado ninguna mejoría clínica.
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La de María (su verdadera identidad responde a las iniciales M. R. O.) es la historia de una enferma malagueña que fue diagnosticada de una esclerosis múltiple remitente, degenerativa y sin cura, en julio de 2021 y a la que la Seguridad Social, sin que mediara milagro alguno, la declaró sana.
De un día para otro, tras penar con una incapacidad absoluta que le fue declarada en marzo de 2023, María se encontró con una resolución estatal en la que se le volvía a considerar apta para trabajar.
Y ello tras asumirse que padecía esclerosis múltiple remitente recurrente con secuelas como afectación visual mixta por úlcera corneal de repetición y daño axonal del nervio óptico, alteración de equilibrio y desintereses, cansancio exacerbado y pérdida de equilibrio compatible con ataxia adquirida, inestabilidad en equilibrio dinámico y dolor articular generalizado y pérdida de agudeza visual.
Dolencias a las que se sumaba una endometriosis y trastorno adaptativo.
Pese a las numerosas y contundentes evidencias, el informe de revisión elaborado de oficio por la Seguridad Social, fechado a principios de 2024, concluyó: "Su pérdida visual no es incapacitante y las alteraciones de equilibrio están mejorando significativamente con fisioterapia".
Un pronunciamiento que sirvió para que el organismo estatal dictase, algo más de un mes después, una resolución en la que declaraba a la demandante "no afecta incapacidad permanente". Y con ello le retiraba la pensión que había estado percibiendo mientras había sido efectiva la baja absoluta.
La decisión obligó a María a iniciar una pugna legal con el asesoramiento del abogado Ignacio Loring Caffarena. La misma acaba de culminar hace apenas unas semanas. Frente a las tesis del Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Juzgado de lo Social 6 de Málaga le ha dado la razón.
La sentencia, de principios de este mes de octubre de 2025, estima íntegramente la demanda y ordena al INSS restablecer el pago de su prestación desde marzo de 2024.
El tribunal considera que no se ha acreditado ninguna mejoría clínica que justifique la retirada del reconocimiento anterior, y recuerda que corresponde al INSS demostrar la existencia de una evolución favorable.
Según la resolución, la afectada sufre una esclerosis múltiple con afectación motora, visual y de equilibrio, además de padecer endometriosis y un trastorno adaptativo, un cuadro que el juzgado califica como crónico, irreversible y totalmente incapacitante para cualquier actividad laboral.
La jueza encargada del caso aplica el artículo 194 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece que la incapacidad permanente absoluta es aquella que impide ejercer cualquier trabajo, y subraya que este tipo de revisiones no pueden basarse en meras presunciones.
El fallo determina que la INSS no demuestra una mejora real. "No se ha justificado en modo alguno que el demandante mejorado en sus patologías de forma que pueda realizar las funciones que venia realizando o cualquier tipo de actividad laboral rentable", señala textualmente el fallo.
En el mismo, se agrega que de la pericial practicada y documental aportada por la parte actora, "se desprende que la enfermedad que padece la actora es crónica y degenerativa para la que no existe cura".
Esta resolución puede considerarse un precedente importante para otras personas con enfermedades degenerativas o crónicas, especialmente aquellas que ven revisadas sus prestaciones por incapacidad.
De este modo, el juzgado declara que María mantiene su incapacidad permanente absoluta y condena al INSS y a la Tesorería General de la Seguridad Social a pagar la pensión correspondiente, con sus revalorizaciones legales, desde el 1 de marzo de 2024.