La condición que deben cumplir los coches con etiqueta B y C para circular por Madrid a partir de enero.

La condición que deben cumplir los coches con etiqueta B y C para circular por Madrid a partir de enero.

Sociedad

¿Tienes un coche con etiqueta B o C? Esta es la condición para circular por Madrid a partir de enero

A partir del 1 de enero de 2024, los coches con etiqueta B y C podrán circular por todo Madrid, incluidas las Zonas de Bajas Emisiones, Madrid Centro y Plaza Elíptica, pero sólo si cumplen esta condición.

5 octubre, 2023 10:53

La puesta en marcha de las denominadas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en la capital de España continúa con su evolución, con medidas cada vez más severas que irán implementándose a partir del próximo 1 de enero de 2024 y que afectarán a millones de vehículos.

Cada nueva limitación que se da a conocer supone un duro golpe para los propietarios de aquellos vehículos que se considera que son más contaminantes, y es que aquellos vehículos sin etiqueta o etiqueta A no podrán circular por ninguna calle de Madrid a partir del 1 de enero del próximo año, por lo que en cuestión de semanas sus propietarios tendrán que tomar una decisión que podría suponer la renovación de su vehículo, con la inversión que ello supone.

Realmente, ya no deberían hacerlo, pero gracias a la excepción que permite circular a los coches que pagan el impuesto de circulación en Madrid y cuyo propietario está empadronado en la capital, podrán seguir circulando hasta el 1 de enero de 2025, que será el momento en el que llegue a su fin esta excepción.

Atendiendo a los datos facilitados por el Ayuntamiento de Madrid, las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) son clave para poder sacar de la capital a los coches más contaminantes, es decir, aquellos que no tienen etiqueta o cuenta con un distintivo ambiental de tipo A, ya que, en la actualidad, se ha conseguido reducir el acceso de estos vehículos a poco más de 200.000 al año, una reducción del 60% con respecto a los 545.000 vehículos que lo hacían, de media, con anterioridad.

Gracias a estas medidas, Madrid bate récords históricos en calidad de aire, y no se detiene de cara al futuro. De hecho, el Ayuntamiento de Madrid anunció recientemente el despliegue de 260 cámaras de control para monitorizar todo el municipio, ya que la limitación se extiende más allá de la denominada almendra central, y prohibirá la circulación por los barrios periféricos a la M-30 a todos aquellos coches sin etiqueta a partir del 1 de enero de 2024, con la ya mencionada excepción.

La condición que deben cumplir los coches con etiqueta B y C para circular por Madrid a partir de enero

En lo que respecta a los coches con etiqueta B y C, de cara al próximo 1 de enero, hay que tener en cuenta que las ordenanzas municipales de Madrid no cambian, por lo que podrán circular por toda la capital, incluyendo las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), Madrid Centro y Plaza Elíptica, si bien para ello tendrán que cumplir con una única condición.

Esta condición de carácter obligatorio es la de tener que estacionar siempre dentro de un aparcamiento regulado y concertado con el Ayuntamiento de Madrid.

Las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid

Madrid cuenta con un total de tres Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), las cuales restringen la circulación a diferentes coches o vehículos en función de su etiqueta de la DGT, algo que afecta tanto a los propios madrileños como para aquellos que procedente de otros lugares. Dado que puede haber cierta confusión sobre cada una de estas ZBE, te explicamos todo lo que debes saber acerca de cada una de ellas.

ZBE de Especial Protección Distrito Centro (Madrid Central)

Madrid Central lleva activa más de cuatro años y ahora se denomina ZBE Distrito Centro, un área por la que no pueden circular coches sin etiqueta y en la que los vehículos con pegatina B y C solo pueden estacionar en un parking de acceso público, los cuales deben estar autorizados por el Ayuntamiento. También se puede acceder con una etiqueta B o C si se va directo a una plaza de garaje propia o de alquiler, aunque en este caso habrá que comunicarlo al Ayuntamiento para que lo incluya en la base de datos.

Por su parte, pueden circular de forma libre y sin ningún tipo de restricción aquellos vehículos con pegatina ECO y CERO. Esta ZBE comprende los barrios de Sol, Cortes, Embajadores, Palacio, Justicia y Universidad, aunque no se aplica el veto en todas sus calles.

ZBE de Especial Protección de Plaza Elíptica

La segunda ZBE que se estrenó en Madrid fue la de Plaza Elíptica, uno de los puntos negros de contaminación de la ciudad. Por esta zona no pueden circular los vehículos sin etiqueta, mientras que sí pueden hacerlo aquellos que tienen etiquetas B, C, ECO y CERO. Esta es una pequeña área de Madrid, que se encuentra acotada por la A-42 entre Avenida de Los Poblados y la M-30.

Madrid ZBE

Además de las dos Zonas de Bajas Emisiones mencionadas, todo Madrid va a ser una ZBE, y ya ha comenzado a implementar medidas desde enero del pasado año. En este caso, la restricción se limita tan solo a coches sin etiqueta, y se irán implementando nuevas restricciones de forma progresiva, por zonas. Por el momento ya hay dos vetadas y no se aplica para todos los coches sin distintivo, aunque a partir del 1 de enero de 2025 la prohibición será total en la ciudad.

No pueden circular los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid capital, es decir, que no paguen impuesto de circulación en la ciudad. Así, quedan fuera los sin etiqueta registrados en los municipios de la periferia o en el resto de la Comunidad de Madrid, así como los empadronados en otras ciudades españolas.