
Nacho Cano reverenciando a Ayuso en la entrega de su Medalla al Arte y la Cultura.
Ayuso celebra el archivo del 'caso Malinche': "Muchos deben pedir disculpas a Nacho Cano, le han difamado cada día"
La Audiencia Provincial de Madrid ha archivado el caso que investigaba a Nacho Cano al entender que la entrada de sus becarios fue legal.
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La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha dedicado unas palabras al productor, Nacho Cano, después de que la Audiencia Provincial de Madrid haya acordado el archivo provisional de la causa en la que se le investiga por presuntas irregularidades en el espectáculo Malinche.
"He vivido en primera persona el calvario al que han sometido a Nacho Cano durante este año. Es uno de los mejores compositores y músicos de nuestro país. Pero, sin embargo, muchos han aprovechado esta situación para difamarle día a día. Muchos deberían, desde luego, pedir disculpas", ha dicho Ayuso en unas declaraciones durante el acto de presentación del nuevo circuito de Fórmula 1 de Madrid este viernes.
Ha añadido que "se trata de un hombre valiente que se ha enfrentado a la justicia y que ha ganado". "Así que quiero felicitarle y que el mundo de la cultura y España entera tome nota de lo que ha sucedido aquí, porque es gravísimo. Esto sí es censura y se han dado situaciones que ni siquiera con la dictadura franquista: la persecución a una persona del mundo de la cultura por el único hecho de mostrar una preferencia política", ha concluido.
Caso archivado
La Justicia ha archivado el caso al entender los magistrados que los imputados no trataron de introducir a los ciudadanos mexicanos que vinieron a España a representar el musical de forma clandestina.
Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que se estima parcialmente el recurso interpuesto por cuatro de los investigados contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid en las Diligencias Previas 2001/2024.
La Sala determina que de lo actuado se desprende una falta de indicios suficientes de comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y de los extranjeros, con independencia de que "cumplan o no los requisitos administrativos a valorar en otra jurisdicción, lo cual es ya entrar casi en una investigación prospectiva que no corresponde al Juzgado".
Los magistrados concluyen que los investigados "no han tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos de forma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer en España con infracción de las normas de extranjería, sino siguiendo un procedimiento no poco común consistente en entrar como turista sin necesidad de visado y, una vez en nuestro país, solicitar el visado para estudiantes, práctica asumida por la normativa de la Unión Europea".
En la misma línea, la Sala establece que "no se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada".
Abundan los magistrados en que "el procedimiento puede ser o no el adecuado, pero no llega a integrar la gravedad del tipo penal del artículo 318 bis", que castiga el tráfico ilegal de personas.
La Sala estima el recurso de forma parcial, si bien acuerda que no procede el sobreseimiento libre solicitado, sino el provisional por "si aparecieran nuevos datos que obliguen a la reapertura de la causa, lo cual no sería posible en el primer caso al tener el valor de cosa juzgada".