María Jesús Montero y Pedro Sánchez, este sábado en Dos Hermanas (Sevilla).

María Jesús Montero y Pedro Sánchez, este sábado en Dos Hermanas (Sevilla). Efe

Observatorio de la vivienda

Sánchez convierte a Maricarmen en emblema electoral, pero sus decretos no habrían impedido su desahucio

Su contrato de renta antigua llevaba 19 años extinguido y no podía acogerse a una nueva prórroga.

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Pedro Sánchez convierte la figura de Maricarmen, anciana de 87 años desahuciada, en emblema de su campaña electoral y defiende sus nuevos decretos de vivienda.

Expertos jurídicos advierten de que las medidas del Gobierno solo habrían permitido aplazar temporalmente el desalojo, pero no evitarlo definitivamente ni prorrogar su contrato.

La situación legal de Maricarmen derivaba de un contrato de renta antigua extinguido en 2007, por lo que no se trataba de un desahucio por impago o falta de recursos.

Abogados señalan que la falta de precisión en los nuevos decretos genera lagunas legales y deja en manos de los jueces la interpretación de cada desahucio.

La crisis de la vivienda vuelve a encender las calles y a poner en cuestión las medidas del Gobierno, que ahora Sánchez usa como baza electoral.

El desahucio de Maricarmen ha desatado una oleada de protestas y ha reabierto el debate sobre los derechos de inquilinos y propietarios, la dificultad para acceder a una vivienda y los límites de las leyes para resolver los conflictos entre ambas partes.

En medio de esta tensión, el Ejecutivo de Pedro Sánchez ha vuelto a aprobar los dos decretos de vivienda que el Congreso había rechazado apenas cuatro días antes. Una segunda oportunidad para unas medidas muy polémicas, que ahora deberán pasar por la Diputación Permanente de la Cámara Baja para su convalidación.

Aunque estos decretos se hubieran aprobado antes de su muerte, Maricarmen no habría podido acogerse a la fórmula prevista para la prórroga de su contrato de alquiler (ya que estaba extinguido desde hace 19 años).

Los decretos del Gobierno tampoco habrían permitido anular la resolución judicial de su desahucio. Sólo, en el mejor de los casos, habrían permitido retrasar temporalmente la ejecución de la sentencia.

Durante el mitin de precampaña celebrado en Dos Hermanas (Sevilla), el presidente Pedro Sánchez prometió este sábado que, si logra gobernar tras las elecciones del 29N, "reforzará y mantendrá ese real decreto de vivienda que protege a los pequeños propietarios e inquilinos frente a la especulación de los fondos buitre".

Y prometió "llegar tan lejos como quiera la gente de la calle y como nos permita el voto de la gente", para seguir ahondando en las mismas políticas de vivienda.

Pedro Sánchez confió su éxito al "desbordamiento de la sociedad" en las calles. Y lo hizo esgrimiendo el nombre de Maricarmen Abascal.

"Hoy la causa social de la vivienda", señaló, "lleva el nombre de una mujer de 87 años que falleció desahuciada y nos dijo algo importante: 'Lo que yo he sufrido, que no lo sufra nadie más'".

Muchos defienden que la entrada en vigor inmediata de los decretos de vivienda del Gobierno permitiría evitar desahucios como el de Maricarmen.

Sin embargo, los expertos advierten de que paralizar un desalojo no significa garantizar al inquilino el derecho a seguir viviendo en esa casa.

Las nuevas normas podrían haber retrasado el desahucio de Maricarmen, pero no le habrían garantizado el derecho a seguir residiendo en su casa.

Aun así, los defensores de la norma aseguran que esta situación podría cambiar con las medidas incluidas en los nuevos textos, que buscan precisamente evitar casos como el de esta mujer de 87 años.

Sin embargo, los nuevos decretos no distinguen expresamente entre los desahucios por impago y aquellos que se producen por otras causas.

Una nueva falta de precisión que abre la puerta a distintas interpretaciones y deja en manos de los jueces la decisión de aplicar estas medidas en cada caso.

Según explica Álvaro Bermejo, letrado de Bermejo Abogados, a EL ESPAÑOL-Invertia, las nuevas medidas podrían haber frenado el desalojo, pero no habrían cambiado la situación legal de Maricarmen.

"El caso de Maricarmen nace de un contrato de renta antigua y la no posibilidad de una nueva subrogación", señala.

Estos contratos, de los que se beneficiaron muchas familias durante el franquismo, permitían mantener el alquiler durante décadas e incluso transmitirlo a familiares.

Pero esa protección tiene unos límites y, en el caso de Maricarmen, fue en 2007 cuando la Justicia determinó que su derecho a permanecer en la vivienda había terminado.

Álvaro Bermejo explica que los nuevos decretos no habrían cambiado esta situación. Pues, aunque permiten suspender determinados desalojos, no sirven para recuperar un contrato que ya ha quedado extinguido.

"Con los decretos actuales se hubiera paralizado el lanzamiento pero no hubiera podido acogerse a la prórroga. La ejecución de la resolución se hubiera quedado en suspenso", asegura.

Es decir, Maricarmen habría ganado tiempo antes de abandonar la casa, pero la sentencia seguiría vigente. Su salida se habría aplazado, no evitado definitivamente.

La clave está en el alcance de las nuevas medidas. El Real Decreto-ley 29/2026 contempla la suspensión de determinados desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional.

Esta protección también podría aplicarse cuando el contrato ha terminado, pero exige cumplir los requisitos legales.

Es aquí donde hace hincapié Rocío Luque, abogada de Bufete Capitol. La letrada explica que el artículo 2 no distingue expresamente entre los procedimientos por impago y aquellos que se producen por la finalización del contrato.

Un "agujero de la ley" que da margen a distintas interpretaciones.

La abogada considera que Maricarmen podría haber intentado acogerse a las nuevas medidas antes de ser desalojada. Sin embargo, habría dependido de que acreditara su vulnerabilidad y de la decisión del juez.

Y es que, tal y como explica a este periódico, Maricarmen no se encontraba en situación de vulnerabilidad económica, uno de los requisitos necesarios para solicitar esta protección.

Luque señala que la mujer pagaba su alquiler y tenía recursos para acceder a otra vivienda. El problema era que quería seguir viviendo en la misma casa en la que había pasado décadas, pese a que su contrato llevara 19 años extinguido legalmente.

Sin embargo, el vínculo sentimental con el inmueble no constituye un motivo legal para impedir un desahucio. Por tanto, tampoco estaba garantizado que pudiera beneficiarse de estas nuevas medidas.

El resultado es que los decretos no habrían resuelto el problema de fondo de Maricarmen. Su contrato había terminado y no tenía derecho a una nueva prórroga con ese contrato de renta antigua.

El caso pone de manifiesto la falta de claridad de algunos puntos de los nuevos decretos. Las medidas dejan margen a distintas interpretaciones y su aplicación dependerá de las circunstancias de cada inquilino.

Por tanto, no todos los desahucios podrán paralizarse y será necesario estudiar cada situación y contar con la decisión de un juez.

Además, el debate se ha centrado en unas medidas generales de protección frente a los desahucios a raíz de un caso que no responde a las circunstancias habituales de impago.

Maricarmen no había dejado de pagar el alquiler ni reclamaba una prórroga ordinaria. Su situación partía de un contrato de renta antigua, del que su familia se beneficiaba desde el franquismo y que ya había quedado legalmente extinguido. Una diferencia importante que impide asegurar que las nuevas normas habrían evitado su desalojo.