Madrid sale a la calle en defensa de la sanidad pública

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Observatorio de la sanidad

Jubilación anticipada y jornadas de 35 h: Gobierno y sindicatos negocian la 'nueva ley' de los sanitarios

Encaran la segunda parte de la reforma del Estatuto Marco del Personal de los Servicios de Salud.

17 febrero, 2023 02:20

El Ministerio de Sanidad y los sindicatos continúan inmersos en la reforma del Estatuto Marco del Personal de los Servicios de Salud. En julio del año pasado, después de seis reuniones en el marco de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud (SNS), el Consejo de Ministros aprobó por Real Decreto-Ley la primera parte de la reforma. Desaparecieron los nombramientos eventuales sanitarios y se definió al personal estatutario temporal interino y al estatutario sustituto. Se cumplía así con algunas de las principales reivindicaciones de los agentes sociales, aunque con 'peros'.

Con esta actualización, de momento parcial, el Gobierno de Pedro Sánchez trata de impedir que los sanitarios puedan estar trabajando más de tres años con contratos de interinidad sin ser funcionarios. También situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8% para cumplir con las exigencias del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

En concreto con el componente 11 del mismo, relativo a la modernización de las Administraciones públicas, que también insta a establecer medidas eficaces para prevenir y sancionar el uso abusivo del empleo público temporal.

[Carolina Darias acuerda con las CCAA que no haya contratos temporales de más de 3 años en Sanidad]

Ahora, con el 2023 ya en marcha y en pleno año electoral, Sanidad ha retomado las negociaciones con los sindicatos para abordar la segunda parte de la actualización de esta normativa, por la que se rigen específicamente los profesionales del SNS.

Para ello, el Ministerio de Carolina Darias ha sacado a consulta pública el proceso de reforma. ¿El objetivo? Recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de la segunda parte del proyecto. Según apunta el Ejecutivo, se considera necesario adaptar y actualizar el Estatuto Marco a materias como la igualdad entre hombres y mujeres y el respeto por la diversidad, así como la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.

"Se adaptará su contenido a nuevos derechos ya adquiridos y se mejorará la regulación de determinadas materias a la vista de la experiencia recabada desde la vigencia de la norma que se modifica", explica Sanidad en el documento compartido, en el que puntualiza que no se contemplan soluciones alternativas. Se podrán realizar aportaciones al proyecto hasta el 28 de febrero.

Mientras, el Gobierno está convocando al Ámbito de Negociación, en el que está presente Sanidad y agentes sociales, de forma quincenal para revisar la normativa por capítulos, siguiendo una hoja de ruta ya diseñada. Al tratarse de una reforma profunda al Ministerio de Sanidad se sumaron el de Trabajo y Función Pública el pasado mes de septiembre. Y es que, en esta parte de la modificación del texto, son muchas las materias compartidas entre distintos órganos ministeriales.

De hecho, se están abordando cuestiones relativas a la jubilación anticipada por coeficientes reductores, la clasificación profesional o la jornada laboral real y efectiva de 35 horas semanales en todos los Servicios de Salud, entre otras.

Temporalidad en el SNS

El pasado julio, cuando el Ejecutivo dio luz verde al Real Decreto, la ministra Darias explicó que se iba a llevar a cabo un proceso de estabilización para las más de 67.000 sanitarios que están en situación de temporalidad en el SNS. Con la reforma, la normativa establece dos únicos grandes grupos de personal estatutario temporal (interino y sustituto), además de los requisitos para su contratación.

Las causas concretas son las siguientes. El personal estatutario temporal interino solo puede ser contratado, por un plazo máximo de tres años, para cubrir una plaza vacante que no pueda ser cubierta por personal fijo o para la ejecución de programas de carácter temporal.

En cuanto a las condiciones para la contratación del temporal sustituto, solo podrá llevarse a cabo para la sustitución transitoria de los titulares por vacaciones y bajas. También para realizar los turnos de guardias de los que esté exento de realizarlas, como es el caso de los mayores de 55 años, y para cubrir reducciones de jornada.

Un estudio de la Federación de Sanidad de CCOO situaba la tasa media de temporalidad en el SNS en un 31,6%. La ley fija la tasa máxima en la Administración pública en el 8%, por lo que se tendría que reducir en casi 24 puntos para cumplir con el ambicioso objetivo.