Observatorio de la sanidad CORONAVIRUS

Sanidad insiste en mantener el teletrabajo en las empresas pero veta las bajas por contacto con casos de Covid

El Ministerio renueva sus recomendaciones para la prevención de riesgos laborales tras abolir la mascarilla en interiores. 

20 abril, 2022 18:12
I. P. Nova Eduardo Ortega Socorro

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Como se esperaba, la abolición del uso obligatorio de mascarilla en interiores ha llevado al Ministerio de Sanidad a renovar su manual de recomendaciones para la prevención laboral de las empresas. Si bien el documento insiste en que el teletrabajo debe ser seguirse potenciando para evitar la "coincidencia masiva de personas", también veta las bajas laborales por contacto con personas contagiadas de Covid. 

"No se deberán emitir partes de baja por incapacidad temporal por contacto/sospecha de exposición Covid-19. Sí puede ser necesaria la realización de pruebas de seguimiento entre los trabajadores relacionados con ámbitos vulnerables", reza el texto, que el departamento que dirige Carolina Darias, ha emitido este miércoles. 

Mientras, para trabajadores con síntomas compatibles con Covid o casos confirmados (siempre y cuando no tengan contacto con personas vulnerables), "siempre que sea posible y en caso de que no sea susceptible de una incapacidad temporal por su sintomatología, se recomienda el teletrabajo o readaptación del puesto de trabajo para evitar la interacción con grupos vulnerables". 

Así, Sanidad insiste en 'viejos' consejos: priorizar el teletrabajo para "el desarrollo de aquellas actividades cuya naturaleza lo permita". Y "valorar la adopción de opciones de trabajo mixtas para aquellas actividades que no requieran una presencia continua en el centro de trabajo". 

Las recomendaciones del Ministerio eran de lo más esperadas por el sector empresarial. Esperaban encontrar en ellas una guía para conocer cuándo recomendar a sus trabajadores el uso de mascarillas en el ámbito laboral, pero no ha sido así. 

El documento no da grandes respuestas. Sólo hace obligatorio el empleo de este método de protección "en desplazamientos en vehículos compartidos". Allí el Ejecutivo indica "utilizar la mascarilla y garantizar la entrada de aire exterior".

Consiguientemente, no se da ninguna indicación concreta sobre en qué circunstancias hay que llevar la mascarilla y deja en manos de las empresas la decisión. 

Mascarillas

Desde la subdirección general de Sanidad Ambiental y Salud Laboral del Ministerio de Trabajo reconocen que el uso de mascarilla reduce la emisión de aerosoles "generados al respirar, hablar, gritar, toser o estornudar y es eficaz para reducir la emisión de cualquier virus respiratorio, incluido SARS-CoV-2".

Pero, aun así, contraponen que "en el entorno laboral y de manera general" no resultará preceptivo el uso de la misma. "La evaluación de riesgos del puesto de trabajo será la actividad que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas que deben implantarse, incluido el posible uso de
mascarillas si así se derivara de la misma". 

Como ya adelantó la ministra de Sanidad, Carolina Darias, en la rueda de prensa del martes, según estos supuestos sólo será obligatoria en los centros sanitarios, sociosanitarios y medios de transporte. "Se recomienda el uso responsable de la mascarilla en personas trabajadoras de grupos vulnerables" así como a aquellos que trabajen con ellos. 

Para evaluar los riesgos de un puesto de trabajo, el Ministerio de Sanidad y de Trabajo señala nueve puntos a tener en cuenta: ventilación adecuada, nivel de ocupación, mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5 metros, tiempo de permanencia, actividad, condiciones de temperatura y humedad relativa, utilización de espacios comunes (vestuarios, comedores, etc.), medios de transporte particulares compartidos y existencia de personas vulnerables en el puesto de trabajo.