José Luis Escrivá y Nadia Calviño.

José Luis Escrivá y Nadia Calviño.

Planes de pensiones

El Gobierno quiere que un plan de pensiones sectorial pueda abrirse a otros colectivos empresariales

Escrivá y Calviño meten presión a las comisiones de las gestoras, que no podrán sobrepasar el 0,30% por gestión.

1 diciembre, 2021 05:30

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Los planes de pensiones de empleo de promoción pública que impulsa el Gobierno priorizarán la negociación colectiva sectorial, y estos convenios entre patronal y sindicatos podrán imponer el vehículo ganador a las empresas de un sector. Pero también se abre una posibilidad de última hora: que el plan de pensiones de ámbito sectorial pueda estar abierto a empresas de otros sectores de actividad.

Así se recoge en el anteproyecto de Ley de Regulación para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2002, de 29 de noviembre. Este texto, en audiencia pública hasta el próximo viernes 3 de diciembre, está firmado por José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y Nadia Calviño, ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

También se incluye la posibilidad de que las empresas del sector puedan no adherirse al plan sectorial y acordar la promoción de su propio plan de pensiones de empleo, como ya adelantó EL ESPAÑOL-Invertia.

En el mencionado borrador, que todavía puede sufrir modificaciones finales tras las aportaciones que envíen de aquí al viernes los sectores y agentes implicados, se establece que los fondos de pensiones de empleo de promoción pública serán clasificados como de renta fija, renta fija mixta o renta variable conforme al criterio establecido en el artículo 84 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones.

Uno de los puntos más lesivos para las gestoras que quieran concursar para hacerse con mandatos de estos planes es el que tiene que ver con las comisiones. En el primer borrador deslizado desde el ministerio de Escrivá se hablaba de una comisión máxima de gestión del 0,40% al año, más una comisión de depósito del 0,10%, hasta un total del 0,50%. Sin embargo, en el borrador que está en audiencia pública se precisa una nueva rebaja en el primer concepto.

Nuevo máximo del 0,30% por gestión

“Limitación de los costes de gestión de los planes de empleo por debajo del 0,30% de los activos gestionados”. Hasta un coste total que podría ser inferior al 0,40% incluyendo el depósito y el uso de la plataforma digital común.

“Esta cifra, constituyendo un reto, se fundamenta en dos razones. De una parte, actualmente los fondos de pensiones de empleo de más de 100 millones de euros sometidos a licitación (básicamente, planes de empleo de empleados públicos) tienen niveles base de costes de gestión inferiores a esta cifra y los fondos de empleo de promoción pública aspiran a tener cifras muy superiores a dicho patrimonio”.

Un ahorrador inserta una moneda en una hucha.

Un ahorrador inserta una moneda en una hucha. Damir Spanic, Unsplash.

“De otra parte, se ha realizado un estudio basado en las cuentas de resultados de las entidades gestoras de fondos de pensiones más significativas y se concluye que sus costes (incluyendo el coste imputado del capital regulatorio) son muy inferiores al 0,30% de sus activos bajo gestión”, reza el documento.

El anteproyecto abarca más aspectos. Por ejemplo, los actuales planes de pensiones asociados, cuyo volumen de negocio es muy pequeño, de 855 millones de euros, según Inverco, apenas un 0,7% del total de los planes privados. Se prevé para ellos un régimen de transferencia a los planes de pensiones de empleo, “en la medida en que se cumplan determinados requisitos referidos a las personas partícipes” o, en su defecto, a los planes de pensiones individuales.

Los planes asociados de autónomos ya existentes dispondrán de un periodo máximo de cinco años para transformarse en planes de pensiones de empleo simplificados. El resto de planes del sistema asociado preexistentes dispondrán igualmente de un plazo de cinco años para transformarse, en su caso, en un plan de pensiones individual.

En otro punto de los planes simplificados también se habla de los más conocidos como ciclos de vida. Así pues, “las especificaciones de los planes contemplarán la opción de reducir automática y periódicamente el nivel de riesgo conforme la persona partícipe avanza en edad”.

Planes paneuropeos individuales

¿Y si ya se tiene un plan de pensiones de empleo y la empresa se ve afectada con posterioridad por un acuerdo colectivo sectorial en el que se prevea la instrumentación de compromisos por pensiones con sus trabajadores a través de un plan simplificado? Entonces, como se explica, “podrán mantener los compromisos por pensiones establecidos con sus personas trabajadoras en el plan preexistente siempre y cuando estos sean, al menos, tan beneficiosos como los del plan simplificado de nueva creación”. No obstante, “podrán modificarse las especificaciones del plan preexistente para adaptarlas a los compromisos establecidos en el acuerdo colectivo”.

Por último, se iguala el tratamiento fiscal “que corresponda a los planes de pensiones” para los productos paneuropeos de pensiones individuales regulados en el Reglamento (UE) 2019/1238 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019. “Y se incluirán en el límite máximo conjunto”. Una duda menos para 2022, aunque esta provenga desde otro ángulo.