Una persona utilizando el mando de la televisión.

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Tecnología

La CNMC pide al Gobierno la aprobación urgente de las medidas para evitar que el 5G afecte a la recepción de la TDT

La Comisión valora "muy positivamente" el texto, pero pide que se fijen las comunicaciones a los ciudadanos que deben realizar los operadores. 

14 febrero, 2022 14:59

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha reclamado al Gobierno la aprobación "urgente" del Proyecto de Orden que establece las actuaciones a realizar para evitar que el despliegue del 5G afecte a la recepción de la Televisión Digital Terrestre (TDT). Además, propone una serie de modificaciones a un texto que califica de "muy positivo". 

El objetivo de esta orden es que los operadores de telefonía móvil puedan iniciar el despliegue de la tecnología 5G utilizando la banda de 700 MHz, dentro de lo que se conoce como el segundo dividendo digital, sin que ello afecte a las condiciones existentes de recepción del servicio de radiodifusión de televisión que se continúa prestando en la banda adyacente -470 a 694 MHz-.

La CNMC remarca que, tal ya como sucedió con la banda de 800 MHz en el primer dividendo digital, es necesario que las actuaciones que deben llevar a cabo los operadores adjudicatarios de frecuencias en estas bandas se encuentren reguladas de antemano. 

En líneas generales, la CNMC valora "muy positivamente" el Proyecto de Orden, puesto que las medidas propuestas siguen la línea de las adoptadas en 2015 para la banda de 800 MHz, modificando únicamente aquellos aspectos que, fruto de la experiencia, se ha observado que eran susceptibles de mejora.

Asimismo, apoya que el proyecto tenga un "enfoque global", definiendo un conjunto de actuaciones que son adecuadas para la instalación de estaciones base tanto en la banda de 800 MHz como la de 700 MHz. En su opinión, esto simplifica las actuaciones que deben llevar a cabo los operadores, facilitando de esta forma el despliegue de nuevas estaciones base.

Sin embargo, la CNMC también propone una serie de modificaciones en el texto para mejorar algunos aspectos. Por un lado, recomienda reducir de cinco a dos días hábiles el plazo de resolución de las afectaciones comunicadas al Centro de Atención al Usuario.

Asimismo, se propone que se indiquen y se desarrollen las actuaciones mínimas de comunicación y difusión que deberán llevar a cabo los operadores. Se considera que, al menos, debería incluirse el empleo de los canales de televisión como herramienta de información al ciudadano acerca del procedimiento de resolución de incidencias causadas por interferencias

A este respecto, añade que estas campañas de información deberían desarrollarse mediante una amplia campaña inicial, seguida de campañas de refuerzo, mientras se desarrollen las principales actuaciones de encendido de estaciones.