Un surtidor de gasolina.

Un surtidor de gasolina. rawpixel.com / Chanikarn Thongsu

Observatorio de la Energía

El Gobierno da el golpe final al fraude del diésel con la activación de los pagos del IVA por adelantado y nuevos avales

Un total de 22 operadores al por mayor de productos petrolíferos han sido inhabilitados, entre los que se encuentra Villafuel.

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Las claves

El Gobierno ha aprobado tres órdenes ministeriales para combatir el fraude del IVA en la venta de carburantes, desarrollando la conocida como 'solución italiana'.

Se crea la figura del 'operador confiable', con requisitos estrictos de solvencia y actividad previa, y un registro específico para garantizar el cobro del impuesto.

A partir del 1 de febrero de 2026, será obligatorio adelantar el pago del IVA o presentar avales bancarios antes de extraer carburantes de los depósitos fiscales.

En 2025, 22 operadores mayoristas han sido inhabilitados, incluyendo a Villafuel, en el marco de una ofensiva para endurecer el control sobre el sector.

Un año después de la aprobación de la conocida como solución italiana para frenar el fraude del IVA en la venta de carburantes (Ley 7/2024), el Gobierno ha dado un paso decisivo con la aprobación de tres órdenes ministeriales que desarrollan y regulan la norma.

El objetivo de estas medidas es poner fin de manera definitiva al fraude del IVA en carburantes, un problema que el sector viene denunciando desde hace años y que ha sido protagonista de escándalos como el caso Villafuel.

La primera de ellas, la orden HAC/1496/2025, establece el procedimiento para reconocer la condición de “operador confiable” y crea un registro específico destinado a garantizar el cobro del impuesto en las salidas de hidrocarburos de los depósitos fiscales.

La condición de operador confiable queda reservada a quienes estén inscritos en el Registro de Extractores de Depósitos Fiscales (REDEF), hayan realizado extracciones por un mínimo de 1.000 millones de litros durante el año anterior, hayan operado como mayorista durante los tres años previos y acrediten un elevado nivel de solvencia financiera.

Las solicitudes para obtener esta condición deben presentarse ante la administración competente para la inspección del IVA, ya sea la Agencia Tributaria (AEAT) o las Haciendas Forales.

Cuando la competencia corresponda a la AEAT, la tramitación deberá realizarse obligatoriamente de forma electrónica.

El plazo máximo de resolución es de tres meses, tras los cuales la solicitud se considerará desestimada por silencio administrativo, sin perjuicio de los recursos administrativos o económico-administrativos que puedan interponerse.

La segunda orden publicada, HAC/1495/2025, completa el nuevo sistema de control mediante la aprobación del modelo 319, un instrumento que permite a la Administración asegurarse el ingreso del IVA antes de la extracción del producto del depósito fiscal.

La orden establece que la responsabilidad de pagar el IVA recae en el último depositante del producto o en el titular del depósito si es el propietario de los carburantes.

Además, obliga a los operadores a garantizar el pago del impuesto, ya sea mediante un aval bancario, un seguro o un pago anticipado del IVA.

El modelo 319 recoge datos básicos como el depósito, el tipo y volumen de combustible y la cuota de IVA. Debe presentarse antes de cada extracción. Su aplicación empezará el 1 de febrero de 2026, dejando un mes de margen para que las empresas adapten sus sistemas.

Quedan excluidos de esta obligación los operadores que ya tengan la condición de operador económico autorizado o de operador confiable.

La tercera de las órdenes, la HAC/1497/2025, regula los avales que deben constituirse como garantía del ingreso del IVA para determinadas entregas de carburantes que abandonan el régimen de depósito fiscal.

Los avales deberán garantizar, como mínimo, el 110 % de la cuota del IVA correspondiente a las operaciones de los dos meses anteriores o, en caso de ausencia de actividad, un importe mínimo de tres millones de euros.

Estas garantías deben ser otorgadas por entidades financieras acreditadas en la Unión Europea y estarán a favor de la Agencia Tributaria o de las Haciendas Forales competentes.

La orden regula la constitución, custodia, retención, actualización y ejecución de los avales, incluyendo supuestos de extracción autorizada que finalmente no se produzca, y establece la obligación de actualizar mensualmente su importe.

La aplicación de esta orden también comenzará el 1 de febrero de 2026, igual que el modelo 319.

22 inhabilitaciones en 2025

El Real Decreto-ley 8/2023 ya activó varias medidas antifraude relacionadas con la inhabilitación de operadores petrolíferos, restricciones sobre determinados sujetos participantes en la compraventa de productos y una supervisión aún más intensa de los contratos logísticos no convencionales.

En 2025, 22 operadores al por mayor de productos petrolíferos han sido inhabilitados, según el listado oficial de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Entre los grupos vetados destaca precisamente Villafuel, epicentro del escándalo que destapó la presunta trama corrupta vinculada a Víctor de Aldama.

Junto a esta sociedad, también han sido inhabilitadas este año compañías como Bio-zenite Energy, Vertix Petroleum, Metaway Combustibles o Mercapetrol, que además aparecen en la última lista de grandes morosos publicada por la Agencia Tributaria.

Así, en este ejercicio, la CNMC ha registrado y analizado casi 1.300 documentos, cifra alejada del récord de más de 1.500 alcanzado en 2024.