Imagen de archivo de una frutería.

Imagen de archivo de una frutería. Carlos Luján Europa Press

Empleo Hoy

Así quedan las bases de cotización de los autónomos y las cuotas que tendrán que pagar en 2024

Los rendimientos más bajos pagarán menos a la Seguridad Social. Los trabajadores por cuenta propia con más ingresos abonarán un poco más. 

2 enero, 2024 01:36

Este 2024 es el segundo año de aplicación de la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Este nuevo sistema basa la cotización de los trabajadores por cuenta propia en sus rendimientos netos (ingresos menos gastos) y cuenta con un periodo de transición hasta 2032.

Por ello, en este 2024 se aplican nuevas tablas de cotización divididas en 15 tramos y los trabajadores por cuenta propia tendrán que pagar cuotas diferentes en algunos casos. 

En 2024, un autónomo con unos rendimientos netos de iguales o inferiores a 670 euros al mes tiene una base mínima de cotización de 735,29 euros mensuales y una máxima de 816,98 euros. Este 2023, oscilaba entre los 751,63 euros como mínimo y los 849,66 euros como máximo.

[El Gobierno plantea una subida de las bases máximas de cotización del 5% para 2024]

Para aquellos trabajadores por cuenta propia que presenten rendimientos netos mensuales mayores de 670 euros pero iguales o inferiores a 900 euros, su base de cotización mínima estará en los 816,99 euros, y la máxima en los 900 euros. 

El tercer tramo incluye a los autónomos con rendimientos netos por encima de esos 900 euros, pero inferiores a 1.166,70 euros al mes. Para ellos, la base de cotización mínima queda en 872,55 euros y la máxima en 1.166,70 euros.

En términos generales, estos autónomos pagarán menores cuotas. Cuando los rendimientos netos sean iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI), la cuota será de 225 euros. En 2023, estaba en los 230 euros.

Al margen de esos tres tramos de la tabla reducida, el nuevo RETA también incluye una tabla general, con otros doce tramos, que abarcan a los autónomos con rendimientos netos mensuales iguales o superiores a 1.166,70 euros hasta superar los 6.000 euros al mes. 

Cuotas

Para aquellos con rendimientos netos superiores a 1.300 euros e inferiores o iguales a 1.500 euros, y por encima de 1.500 euros e inferiores o iguales a 1.700 euros, la cuota será de 294 euros, la misma que en 2023 y no se tocan las bases de cotización. 

En cambio, los rendimientos netos superiores a 1.700 euros pagarán una cuota mayor.

Por ejemplo, un autónomo que presente rendimientos netos por encima de los 3.620 euros y hasta 4.050 euros, o igual a ese monto (el tramo número 13), pagará 400 euros en 2024, diez euros más que en 2023. Tendrá una base mínima de cotización de 1.307 euros y una máxima de 4.050 euros al mes. 

Queda el último tramo, el decimoquinto y más elevado. En él se encuentran todos los autónomos con rendimientos netos superiores a los 6.000 euros. Su cuota para este 2024 será de 530 euros, lo que supone 30 euros más que en 2023. En este caso, su base máxima de cotización queda en 4.720,50 euros y la mínima, en 1.732,03 euros. 

Un pequeño comercio.

Un pequeño comercio. David Zorrakino Europa Press

De esta manera, las cuotas en 2023 han ido de lo 230 euros hasta los 500 y en 2024 irán desde los 225 euros a los 530.

Pero para 2025 habrá más cambios: las cuotas irán desde los 200 a los 590 euros mensuales. De cara a 2026, los interlocutores tendrán que pactar los tramos para los próximos años, hasta 2032.

Cabe recordar que los rendimientos netos se calculan deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo.

Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.

Cambios

Cabe recordar que tras la reforma, los autónomos cuentan con la posibilidad de cambiar su base de cotización hasta seis veces al año, en función de la variación de los rendimientos netos que esperaran para cada parte del año. 

Al final del ejercicio fiscal y una vez conocidos los rendimientos netos anuales, se regularizarán las cotizaciones, devolviéndose o reclamándose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año.

De este modo, y debido al nuevo sistema de cotización, todas aquellas personas que hayan estado dados de alta en 2023 como autónomos, aunque sólo sea un día, tendrán que hacer a partir de 2024 de manera obligatoria la declaración de la Renta.

Antes de la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización, sólo estaban obligados a ello los autónomos personas físicas que en el año previo hubieran obtenido más de 1.000 euros de rendimientos netos en su negocio.

Con el nuevo sistema de cotización, uno de cada dos autónomos tendrá una cuota más baja que la actual, mientras que un 25% cotizará más y un 25% cotizará menos, según estimaciones de la Seguridad Social.